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Declaración
de Apertura del Juicio del Presidente, Lectura de la Acusación
EL
PRESIDENTE: Antes de que se llame a los acusados de este juicio para que se
declaren inocentes o culpables de las acusaciones que pesan contra ellos, que
consisten en Crímenes contra la Paz, Crímenes de Guerra y Crímenes contra
la Humanidad, y un Plan Común o Conspiración para cometer esos Crímenes, el
Tribunal desea que haga una breve declaración en nombre de éste.
Este
Tribunal Militar Internacional ha sido creado por el Acuerdo de Londres, del 8
de Agosto de 1.945, y el Estatuto del Tribunal anexo a éste. La finalidad de
la creación del Tribunal queda establecida en el Artículo I del Estatuto
como el juicio inmediato y justo y la condena de los Principales Criminales de
Guerra del Eje Europeo.
Los
firmantes del Acuerdo y el Estatuto son el Gobierno del Reino Unido de Gran
Bretaña y el Norte de Irlanda, el Gobierno de los Estados Unidos de América,
el Gobierno Provisional de la República Francesa y el Gobierno de la Unión
de Repúblicas Socialistas Soviéticas.
El
Comité de Fiscales Jefe, nombrado por los cuatro firmantes, ha compilado la
lista final de Criminales de Guerra a ser juzgados por el Tribunal y ha
aprobado la acusación que se presenta hoy contra los acusados.
El
jueves 18 de Octubre de 1.945 el Tribunal recibió la acusación y se ha
proporcionado una copia en alemán de dicha acusación a cada acusado, estando
en su poder durante más de treinta días.
Todos
los acusados son representados por abogados. En casi todos los casos los
abogados de los acusados han sido escogidos por ellos mismos, pero en los
casos en los que no se pudo conseguir un abogado, el Tribunal ha seleccionado
a abogados aceptados por los acusados.
El
Tribunal ha sabido con gran satisfacción de los pasos dados por los Fiscales
Jefe para que los abogados de los acusados dispongan de los numerosos
documentos en los que se basa la acusación, con el fin de que los acusados
dispongan de todas las posibilidades de una defensa justa.
El
juicio que va a comenzar es único en la Historia de la Justicia mundial, y es
de suprema importancia para millones de personas en todo el mundo. Por estas
razones, recae sobre todos los que participen en alguna parte del juicio la
solemne responsabilidad de hacer su tarea sin miedo ni favoritismos, de
acuerdo con los sagrados principios de la ley y la justicia.
Habiendo
recurrido los cuatro firmantes al proceso judicial, es tarea de todos los
implicados hacer que el juicio no se aparte de ninguna forma de esos
principios y tradiciones que por sí solos dan a la justicia su autoridad y el
lugar que debería ocupar en los asuntos de todos los Estados civilizados.
Este
juicio es un juicio público en todos el sentido de la palabra, y por tanto,
debo recordarle al público que el Tribunal insistirá en el mantenimiento
completo del orden y el decoro, y adoptará las medidas más estrictas para
aplicarlos. Sólo me queda ordenar, de acuerdo con lo previsto en los
Estatutos, que se lea a continuación la acusación.
SR.
SIDNEY ALDERMAN: Con el permiso del Tribunal: ACUSACIÓN
I.
Los Estados Unidos de América, la República Francesa, el Reino Unido
de Gran Bretaña y el Norte de Irlanda y la Unión de Repúblicas Socialistas
Soviéticas, por los abajo firmantes, Robert H. Jackson, Francois de Menthon,
Hartley Shawcross y R. A. Rudenko, nombrados para representar a sus
respectivos gobiernos en la investigación de los cargos contra, y el proceso
de, los principales Criminales de Guerra, según el Acuerdo de Londres del 8
de Agosto de 1.945, y el Estatuto de este Tribunal que le acompaña, acusan,
en los aspectos expuestos más adelante, de Crímenes contra la Paz, Crímenes
de Guerra y Crímenes contra la Humanidad, y un Plan Común o Conspiración
para cometer esos Crímenes, según se definen en el Estatuto del Tribunal, y
por consiguiente consideran acusados En esta causa de los cargos expuestos a:
HERMANN WILHELM GOERING, RUDOLF HESS, JOACHIM VON RIBBENTROP, ROBERT LEY,
WILHELM KEITEL, ERNST KALTENBRUNNER, ALFRED ROSENBERG, HANS FRANK, WILHELM
FRICK, JULIUS STREICHER, WALTER FUNK, HJALMAR SCHACHT, GUSTAV KRUPP VON BOHLEN
UND HALBACH, KARL DOENITZ, ERICH RAEDER, BALDUR VON SCHIRACH, FRITZ SAUCKEL,
ALFRED JODL, MARTIN BORMANN, FRANZ VON PAPEN, ARTUR SEYSS-INQUART, ALBERT
SPEER, CONSTANTIN VON NEURATH y HANS FRITZSCHE, individualmente y como
miembros de cualquiera de los Grupos u Organizaciones nombradas a
continuación.
II.
Estos son los Grupos u Organizaciones (ya disueltos) que deberían ser
declarados criminales debido a sus fines y los medios usados para cumplirlos,
y en conexión con la acusación de los acusados nombrados, ya que
pertenecían a ellos: DIE REICHSREGIERUNG (GABINETE DEL REICH); DAS KORPS DER
POLITISCHEN LEITER DER NATIONALSOZIALISTISCHEN DEUTSCHEN ARBEITERPARTEI
(DIRECCIÓN DEL PARTIDO NAZI); DIE SCHUTZSTAFFELN DER NATIONALSOZIALISTISCHEN
DEUTSCHEN ARBEITERPARTEI (conocidas comúnmente como las "SS"),
incluyendo la SICHERHEITSDIENST (conocida comúnmente como la "SD");
DIE GEHEIME STAATSPOLIZEI (POLICÍA SECRETA DEL ESTADO), (conocida comúnmente
como la "GESTAPO"); DIE STURMABTEILUNGEN DER N.S.D.A.P. (conocida
comúnmente como la "SA"); y el ESTADO MAYOR y el ALTO MANDO de las
FUERZAS ARMADAS ALEMANAS. La identidad y pertenencia a los Grupos u
Organizaciones referidas se definen más extensamente en el Apéndice B.
PRIMER
CARGO- EL PLAN COMÚN O CONSPIRACIÓN
(Estatuto,
Artículo 6, en especial 6 (a))
III.
Definición del Delito
Todos
los acusados, con la colaboración de otras personas, durante un periodo de
años anterior al 8 de Mayo de 1.945, participaron como líderes,
organizadores, instigadores o cómplices en la formulación o ejecución de un
plan común o conspiración para cometer, o que implicaba la comisión de,
Crímenes contra la Paz, Crímenes de Guerra y Crímenes contra la Humanidad,
según se definen en el Estatuto de este Tribunal, y, de acuerdo con lo
previsto en el Estatuto, son responsables individualmente de sus propios actos
y de todos los actos cometidos por cualquier persona al ejecutar ese plan o
conspiración. El plan común o conspiración implicaba la comisión de
Crímenes contra la Paz, ya que los acusados planearon, prepararon, iniciaron
y llevaron a cabo guerras de agresión, que también eran guerras que violaban
tratados internacionales, acuerdos o garantías. En el desarrollo y transcurso
del plan común o conspiración, tuvo lugar la comisión de Crímenes de
Guerra, ya que se contemplaba, y los acusados las llevaron a cabo, guerras sin
cuartel contra países y poblaciones, violando las reglas y costumbres de la
guerra, incluyendo como métodos típicos y sistemáticos empleados en esas
guerras el asesinato, el maltrato, la deportación de población civil de los
territorios ocupados para trabajar como esclavos y con otros fines, el
maltrato de prisioneros de guerra y personas en alta mar, la toma y asesinato
de rehenes, la destrucción de propiedad pública y privada, la destrucción
intencionada de ciudades y pueblos, y la devastación no justificada por la
necesidad militar. El plan común o conspiración contemplaba y adoptó como
típicos y sistemáticos, y los acusados ordenaron y cometieron, Crímenes
contra la Humanidad, tanto en Alemania como en los territorios ocupados,
incluyendo el asesinato, el exterminio, la esclavitud, la deportación y otros
actos inhumanos cometidos contra población civil antes y durante la guerra, y
persecuciones en base a política, raza o religión, en ejecución del plan de
preparación y provocación de guerras de agresión o ilegales, siendo muchos
de esos actos y persecuciones violaciones de las leyes de los países en los
que fueron perpetrados.
IV.
Detalles de la naturaleza y desarrollo del plan común o conspiración.
(A)
EL PARTIDO NAZI COMO NÚCLEO CENTRAL DEL PLAN COMÚN O CONSPIRACIÓN
En
1.921 Adolf Hitler se convirtió en el líder supremo o Fuhrer del
Nationalsozialistische Deutsche Arbeiterpartei (Partido Nacional Socialista de
los Trabajadores Alemanes), también conocido como Partido Nazi, que se había
fundado en Alemania en 1.920. Continuó siéndolo durante el periodo cubierto
por esta acusación. El Partido Nazi, junto a ciertas de sus organizaciones
secundarias, se convirtió en el instrumento de cohesión entre los acusados y
sus conspiradores y en un instrumento para llevar a cabo los objetivos y fines
de su conspiración. Todos los acusados fueron miembros del Partido Nazi y de
la conspiración, con conocimiento de sus objetivos y fines, o, con dicho
conocimiento, colaboraron con sus objetivos y fines en algún punto del
desarrollo de la conspiración.
(B)
OBJETIVOS COMUNES Y MÉTODOS DE CONSPIRACIÓN
Los
fines y objetivos del Partido Nazi y de los acusados y otras personas de vez
en cuando asociadas como líderes, miembros, colaboradores o partidarios del
Partido Nazi (a partir de ahora denominados colectivamente "los
conspiradores nazis") cumplieron, o trataron de cumplir lo que viene a
continuación por cualquier medio considerado oportuno, incluyendo métodos
ilegales, y contemplando el recurso último de la amenaza de fuerza, la fuerza
y la guerra de agresión: no respetar y anular el Tratado de Versalles y sus
restricciones sobre el armamento militar y la actividad de Alemania; adquirir
los territorios perdidos por Alemania como resultado de la Guerra Mundial de
1.914-1.918 y otros territorios de Europa que según los conspiradores nazis
estaban habitados principalmente por los llamados "alemanes
raciales"; adquirir territorios adicionales en la Europa continental y
otros lugares que según los conspiradores nazis eran requeridos por los
"alemanes raciales" como "Lebensraum" o espacio vital,
todo a costa de los países vecinos y otros países.
Los
fines y objetivos de los conspiradores nazis no fueron fijos o estáticos,
sino que evolucionaron y se expandieron a medida que adquirieron mayor poder y
pudieron aplicar de forma más efectiva las amenazas de fuerza y las amenazas
de guerra de agresión. Cuando sus objetivos y fines expansivos llegaron a ser
tan grandes como para provocar una resistencia que sólo podía ser derrotada
con las armas y la guerra de agresión, y no simplemente por los métodos
oportunistas empleados hasta entonces, a saber, el engaño, el fraude, las
amenazas, la intimidación, las actividades conspiratorias y la propaganda,
los conspiradores nazis planearon deliberadamente, ordenaron y provocaron
guerras de agresión y guerras que violaban tratados internacionales, acuerdos
y garantías en las fases y pasos que serán detallados más adelante.
(C)
TÉCNICAS DOCTRINALES DEL PLAN COMÚN O CONSPIRACIÓN
Para
incitar a otros a unirse al plan común o conspiración, y como medio de
asegurarse los conspiradores nazis el más alto grado de control sobre la
comunidad alemana, elaboraron, diseminaron y aprovecharon ciertas doctrinas,
entre otras, las siguientes:
1.
Que las personas de la llamada "sangre alemana" (según era
especificada por los conspiradores nazis) eran una "raza superior" y
por tanto, podían subyugar, dominar o exterminar a otras "razas" y
pueblos.
2.
Que
el pueblo alemán debía ser gobernado por el Fuhrerprinzip (principio del
liderazgo), según el cual el poder debía residir en un Fuhrer del que el
subliderazgo derivaría su autoridad en un orden jerárquico, debiendo cada
sublíder obediencia incondicional a su inmediato superior, pero con autoridad
absoluta en su propia jurisdicción; y el poder del liderazgo debía ser
ilimitado, extendiéndose a todas las fases de la vida pública y privada.
3.
Que
la guerra era una actividad noble y necesaria para los alemanes.
4.
Que
el liderazgo del Partido Nazi, como el único poseedor de lo mencionado
anteriormente y otras doctrinas del Partido Nazi, tenía derecho a definir la
estructura, políticas y prácticas del Estado Alemán y todas sus
instituciones relacionadas, para dirigir y supervisar las actividades de todas
las personas dentro del Estado, y destruir a todos los opositores.
(D)
LA ADQUISICIÓN DEL CONTROL TOTALITARIO DE ALEMANIA: POLÍTICA
1.
Como primeros pasos en la adquisición del control de la maquinaria del
Estado para lograr sus fines y objetivos, los conspiradores nazis se
prepararon para hacerse con un control totalitario de Alemania y asegurarse de
que no pudiera surgir contra ellos ninguna resistencia efectiva en la propia
Alemania. Tras
el fracaso del Putsch de Munich de 1.923, cuyo fin era destruir la República
de Weimar por medio de la acción directa, los conspiradores nazis se
prepararon para a través del partido nazi minar y hacerse con el gobierno
alemán usando medios "legales" apoyados en el terrorismo.
Crearon
y utilizaron una organización del partido, Die Sturmabteilungen (SA), una
organización semimilitar y voluntaria de hombres jóvenes entrenados y
dispuestos al uso de la violencia, cuya misión era hacer que el Partido
controlara las calles.
2.
Control adquirido
El
30 de Enero de 1.933, Hitler se convirtió en el Canciller de la República
Alemana. Tras el incendio del Reichstag del 28 de Febrero de 1.933, se
suspendieron cláusulas de la Constitución de Weimar que garantizaban las
libertades personales, la libertad de expresión, de prensa, de asociación y
de reunión. Los conspiradores nazis se aseguraron el control del Reichstag
con una "ley para la Protección del Pueblo y el Reich", dándole a
Hitler y los miembros de su gabinete de entonces plenos poderes legislativos.
Los conspiradores nazis mantuvieron esos poderes tras haber cambiado a los
miembros del gabinete. Los conspiradores hicieron que se prohibieran todos los
partidos políticos, excepto el partido nazi. Hicieron que el partido nazi se
convirtiera en una organización paragubernamental con privilegios amplios y
extraordinarios.
3.
Consolidación del control
Habiendo
adquirido así la maquinaria del Estado Alemán, los conspiradores nazis
prepararon la consolidación de su posición de poder en Alemania, el
exterminio de la resistencia interna potencial y la puesta en pie de guerra de
la nación alemana.
(a)
Los conspiradores nazis redujeron el Reichstag a un organismo con
personas nombradas por ellos y recortaron la libertad de elecciones populares
en el país.
Transformaron
los diversos estados, provincias y municipios, que hasta entonces habían
disfrutado de poderes semiautónomos, en poco más que órganos
administrativos del gobierno central. Unificaron las oficinas del Presidente y
el Canciller en la persona de Hitler, realizaron una purga de funcionarios
públicos, y restringieron severamente la independencia del poder judicial,
haciendo que sirviera a los fines nazis. Los conspiradores ampliaron
grandemente las organizaciones del Estado y el partido, establecieron una red
de nuevas organizaciones estatales y del partido, y "coordinaron"
las agencias estatales con el partido nazi y sus ramas y afiliados, con el
resultado de que la vida alemana se vio dominada por la doctrina y la
práctica nazi, y progresivamente movilizada para la consecución de sus
fines.
(b)
Para hacer que su gobierno permaneciera seguro de ataques y para
inspirar miedo en los corazones del pueblo alemán, los conspiradores nazis
crearon y extendieron un sistema de terror contra los opositores y los
supuestos, o sospechosos de ser, opositores al régimen. Encarcelaron a esas
personas sin juicio, manteniéndoles en "custodia protectora" y en
campos de concentración, y los sometieron a persecución, degradación,
expolio, esclavitud, tortura y asesinato. Estos campos de concentración se
crearon a principios de 1.933 bajo la dirección del acusado Goering y se
extendieron como una parte fija de la política y método de terror de los
conspiradores, siendo usados para la comisión de los Crímenes contra la
Humanidad de los que se hablará más adelante. Entre las agencias más
destacadas usadas en la perpetración de estos crímenes estuvieron las SS y
la Gestapo que, junto a otras ramas o agencias favorecidas del Estado y el
Partido, pudieron actuar sin el control de la ley.
(c)
Los conspiradores nazis consideraron que, además de suprimir a la
oposición política, era necesario suprimir o exterminar a otros movimientos
o grupos que veían como obstáculos a su mantenimiento del control total de
Alemania, y a los fines agresivos de la conspiración en el extranjero.
Para
ello :
(1)
Los
conspiradores nazis destruyeron los sindicatos libres de Alemania confiscando
sus fondos y propiedades, persiguiendo a sus líderes, prohibiendo sus
actividades, y sustituyéndolos por una Organización del Partido afiliada. Se
introdujo el principio de liderazgo en las relaciones industriales, siendo el
empresario el líder, y los trabajadores sus seguidores. Así, se frustró
cualquier resistencia potencial de los trabajadores y la capacidad de trabajo
productivo de la nación alemana quedó bajo el control efectivo de los
conspiradores.
(2)
Los
conspiradores nazis, promoviendo creencias y prácticas incompatibles con las
enseñanzas cristianas, trataron de eliminar la influencia de las distintas
Iglesias sobre el pueblo, y en particular sobre la juventud, de Alemania. Se
fijaron como objetivo eliminar las Iglesias Cristianas de Alemania y trataron
de sustituirlas por instituciones nazis y creencias nazis, ejecutaron un
programa de persecución de sacerdotes, pastores y miembros de órdenes monásticas
que consideraron que se oponían a sus planes, y confiscaron propiedades de la
Iglesia.
(3)
La
persecución hecha por los conspiradores nazis de grupos pacifistas, incluidos
movimientos religiosos dedicados al pacifismo, fue particularmente despiadada
y cruel.
(d)
Poniendo en práctica su política de la "raza superior", los
conspiradores llevaron a cabo un programa de implacable persecución de los
judíos diseñado para exterminarles. La aniquilación de los judíos se
convirtió en una política oficial del Estado, realizada a través de
acciones oficiales y de la incitación a disturbios y a la violencia
individual. Los conspiradores hablaron abiertamente de sus fines. Por ejemplo,
el acusado Rosenberg dijo: "el antisemitismo es el elemento unificador de
la reconstrucción de Alemania". En otra ocasión también dijo:
"Alemania considerará que la cuestión judía estará resuelta sólo
después de que hasta el último judío haya abandonado el mayor espacio vital
alemán... Europa sólo habrá resuelto su problema judío cuando hasta el
último judío haya abandonado el continente".
El
acusado Ley declaró:
"Juramos
que no vamos a abandonar la lucha hasta que se haya exterminado y esté
completamente muerto hasta el último judío de Europa. No basta con aislar al
enemigo judío de la Humanidad, hay que exterminar al judío".
En
otra ocasión dijo:
"La
segunda arma secreta alemana es el antisemitismo, porque si es seguido
constantemente por Alemania, se convertirá en un problema universal que todas
las naciones se verán forzadas a considerar".
El
acusado Streicher declaró:
"El
Sol no brillará sobre las naciones de la Tierra hasta que no esté muerto
hasta el último judío".
Estas
frases e incitaciones fueron habituales en las declaraciones de los
conspiradores nazis a lo largo del transcurso de su conspiración. El programa
de acción contra los judíos incluía la privación del derecho a voto, la
estigmatización, la negación de derechos civiles y someter sus personas y
propiedades a la violencia, la deportación, la esclavitud, trabajos forzados,
el hambre, el asesinato y el exterminio masivo. Sólo se puede hacer una
estimación del punto hasta el que los conspiradores tuvieron éxito en sus
objetivos, pero la aniquilación fue completa en muchas localidades de Europa.
Una estimación conservadora establece que de los 9,600.000 judíos que
vivían en la Europa dominada por los nazis, unos 5.700.000 han desaparecido,
habiendo sido la mayor parte asesinados deliberadamente por los conspiradores
nazis. Sólo quedan restos de la población judía de Europa.
(e)
Para hacer que el pueblo alemán estuviera dispuesto a cumplir su
voluntad, y para prepararles psicológicamente para la guerra, los
conspiradores nazis reformaron el sistema educativo y en particular la
educación de la juventud alemana. Se introdujo el principio de liderazgo en
las escuelas y se dieron poderes de supervisión de la educación al Partido y
organizaciones afiliadas. Los conspiradores nazis impusieron la supervisión
de todas las actividades culturales, controlaron la diseminación de
información y la expresión de opinión en Alemania, así como el movimiento
de cultura de todo tipo desde y hacia Alemania, y crearon grandes sistemas de
propaganda.
(f)
Los conspiradores nazis militarizaron progresivamente un número
considerable de las organizaciones que dominaban con la idea de la
transformación rápida y uso de esas organizaciones como instrumentos de
guerra cuando fuera necesario.
(E)
LA ADQUISICIÓN DEL CONTROL TOTALITARIO DE ALEMANIA: ECONOMÍA;
PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y MOVILIZACIÓN PARA LA GUERRA DE AGRESIÓN
Habiendo
obtenido el poder político, los conspiradores organizaron la economía de
Alemania para conseguir sus objetivos políticos.
Para
eliminar la posibilidad de resistencia en la esfera económica, privaron a los
trabajadores de sus derechos de libre asociación industrial y política como
se detalla en el párrafo (D) 3 (c) (1).
Utilizaron
organizaciones de negocios alemanas como instrumentos de movilización
económica para la guerra.
Dirigieron
la economía de Alemania hacia la preparación y equipamiento de la maquinaria
bélica. Para ello, dirigieron las finanzas, la inversión de capital y el
comercio exterior.
Los
conspiradores nazis, y en particular aquellos que eran propietarios de
industrias, se embarcaron en un enorme programa de rearme y se prepararon para
producir y desarrollar grandes cantidades de material de guerra y crear un
potencial militar poderoso.
Con
el objetivo de llevar a cabo la preparación para la guerra los conspiradores
nazis crearon una serie de agencias administrativas y autoridades. Por
ejemplo, en 1.936 crearon para este fin la oficina del Plan de Cuatro Años,
con el acusado Goering como Plenipotenciario, dándole un control absoluto
sobre la economía de Alemania.
Además,
el 28 de Agosto de 1.939, inmediatamente antes de lanzar su agresión contra
Polonia, nombraron al acusado Funk Plenipotenciario de Economía; y el 30 de
Agosto de 1.939 convirtieron el Consejo Ministerial de Defensa del Reich en
Gabinete de Guerra.
(F)
UTILIZACIÓN DEL CONTROL NAZI PARA LA AGRESIÓN CONTRA OTROS PAÍSES
1.
Estado
de la conspiración a mediados de 1.933 y planes proyectados A mediados del año
1.933 los conspiradores nazis, habiendo adquirido el control gubernamental de
Alemania, estaban en condiciones de poner en marcha un plan más avanzado y
detallado sobre la política de exteriores. Su plan era rearmar y reocupar y
fortificar Renania, violando el Tratado de Versalles y otros tratados, para
adquirir fuerza militar y poder de amenaza utilizable contra otras naciones.
2.
Los
conspiradores nazis decidieron que para lograr sus fines, el Tratado de
Versalles tenía que ser definitivamente anulado, hicieron planes específicos
y los pusieron en práctica el 7 de Marzo de 1.936, lo que abrió el camino a
los grandes pasos dados hacia la agresión que vinieron después y se explicarán
más adelante. En la ejecución de esta fase de la conspiración, los
conspiradores nazis llevaron a cabo los siguientes actos:
Condujeron
a Alemania a un plan secreto de rearme de 1.933 a Marzo de 1.935, incluyendo
el entrenamiento de personal militar, la producción de munición de guerra, y
la creación de una Fuerza Aérea.
(b)
El 4 de Octubre de 1.933 hicieron que Alemania abandonara la Conferencia
Internacional de Desarme y la Liga de Naciones.
El
10 de Marzo de 1.935 el acusado Goering anunció que Alemania estaba
construyendo una Fuerza Aérea Militar.
El
16 de Marzo de 1.935, los conspiradores nazis promulgaron una ley de servicio
militar universal, en la que establecían que los efectivos en tiempo de paz
del Ejército Alemán serían 500.000 hombres.
El
21 de Mayo de 1.935 anunciaron falsamente al mundo, para engañar y disipar
miedos a intenciones agresivas, que respetarían las limitaciones
territoriales del Tratado de Versalles y cumplirían lo estipulado en los
Pactos de Lucerna.
El
7 de Marzo de 1.936 reocuparon y fortificaron Renania, en violación del
Tratado de Versalles y el Pacto del Rin de Lucerna del 16 de Octubre de 1.925,
y anunciaron falsamente al mundo que "no tenían ninguna demanda
territorial que hacer en Europa".
3.
Acción agresiva contra Austria y Checoslovaquia.
(a)
La fase de 1.936 a 1.938 del plan: planificación del asalto de Austria y
Checoslovaquia.
Los
conspiradores nazis pasaron a continuación a llevar a cabo los planes para la
adquisición de Austria y Checoslovaquia, viendo que sería necesario hacerse
con Austria antes de asaltar Checoslovaquia por razones militares. El 21 de
Mayo de 1.935, en un discurso en el Reichstag, Hitler declaró que:
"Alemania no pretende ni desea interferir en los asuntos internos de
Austria, anexionarse Austria o concluir un Anschluss." El 1 de Mayo de
1.936, dos meses después de la reocupación de Renania, Hitler declaró:
"Vuelve a propagarse la mentira de que Alemania mañana o pasado caerá
sobre Austria y Checoslovaquia". Posteriormente, los conspiradores nazis
hicieron que se firmara un tratado entre Austria y Alemania el 11 de Julio de
1.936, cuyo Artículo I decía que "El Gobierno Alemán reconoce la plena
soberanía del Estado Federal de Austria bajo el espíritu de las
declaraciones del Fuhrer Alemán y Canciller hechas el 21 de Mayo de
1.935". Mientras tanto, se planeó la agresión en violación de ese
acuerdo. En otoño de 1.937, toda la oposición destacable en el Reich había
sido aplastada. Se concluyó casi del todo la preparación militar para actuar
en Austria. Un grupo influyente de los conspiradores nazis se reunió con
Hitler el 5 de Noviembre de 1.937 para revisar la situación. Se reafirmó que
la Alemania nazi tenía que disponer de "Lebensraum" en Europa
Central. Se reconoció que esa conquista podía enfrentarse a resistencia que
tendría que ser aplastada por la fuerza y que su decisión podía llevar a
una guerra generalizada, pero este aspecto fue descartado como un riesgo que
valía la pena correr. De esta reunión surgieron tres posibles planes para la
conquista de Austria y Checoslovaquia. Cuál de los tres se emplearía iba a
depender del desarrollo de la situación política y militar en Europa. Se
contempló que la conquista de Austria y Checoslovaquia haría que, por la
emigración obligatoria de 2,000.000 de personas de Checoslovaquia y 1,000.000
de personas de Austria, el Reich dispusiera de alimentos adicionales para
entre 5 y 6 millones de personas, lo reforzaría militarmente al proporcionar
fronteras menores y mejores, y haría posible la creación de nuevos
ejércitos hasta unas doce divisiones. Así, el objetivo del plan contra
Austria y Checoslovaquia se concibió no sólo como un fin en sí mismo sino
como una medida de preparación para los siguientes pasos agresivos dados en
la conspiración nazi.
(b)
La ejecución del plan para invadir Austria: Noviembre de 1.937 a Marzo
de 1.938 El 8 de Febrero de 1.938 Hitler convocó al Canciller Schuschnigg a
una conferencia en Berchtesgaden. En la reunión del 12 de Febrero de 1.938,
bajo la amenaza de invasión, Schuschnigg prometió una amnistía para algunos
nazis en prisión y el nombramiento de nazis en puestos ministeriales. Aceptó
que permanecería en silencio hasta el siguiente discurso de Hitler en el que
se reafirmaría la independencia de Austria, pero en ese discurso, Hitler, en
lugar de confirmar la independencia de Austria, se declaró protector de todos
los alemanes. Mientras tanto, se incrementaron las actividades subversivas de
los nazis en Austria. El 9 de Marzo de 1.938 Schuschnigg anunció un
plebiscito para el domingo siguiente sobre la independencia de Austria. El 11
de Marzo Hitler envió un ultimátum, demandando que se anulara el plebiscito
o Alemania invadiría Austria. Más tarde ese mismo día un segundo ultimátum
amenazó con la invasión si Schuschnigg no dimitía en tres horas. El acusado
Seyss-Inquart, que fue nombrado Canciller, invitó inmediatamente a Hitler a
enviar tropas alemanas a Austria para "mantener el orden". La
invasión comenzó el 12 de Marzo de 1.938. El 13 de Marzo Hitler fue
proclamado Jefe de Estado de Austria y se hizo con el mando de sus fuerzas
armadas. Por una ley de ese mismo día, Alemania se anexionó Austria.
(c)
La ejecución del plan para invadir Checoslovaquia: Abril de 1.938 a
Marzo de 1.939
1.
A
la vez que realizaban la anexión de Austria, los conspiradores nazis le
dieron falsas garantías al Gobierno Checoslovaco de que no atacarían su país.
Pero en un mes se pusieron a planear formas y medios específicos para atacar
a Checoslovaquia, y para revisar, a la vista de la adquisición de Austria,
los planes anteriores de agresión contra Checoslovaquia.
2.
El
21 de Abril de 1.938, los conspiradores nazis se reunieron y se prepararon
para lanzar un ataque contra Checoslovaquia no más allá del 1 de Octubre de
1.938.
Planearon
crear un "incidente" para "justificar" el ataque.
Decidieron que lanzarían un ataque militar sólo después de un periodo de
tensión diplomática, que, al ir creciendo, provocaría la excusa para la
guerra, o alternativamente, llevaría a un ataque relámpago como resultado de
un "incidente" de su creación. Se consideró asesinar al embajador
alemán en Praga para crear el incidente requerido.
A
partir del 21 de Abril de 1.938, los conspiradores nazis prepararon planes
militares detallados y precisos diseñados para realizar el ataque en
cualquier momento oportuno y calculados para eliminar toda la resistencia
checoslovaca en cuatro días, presentándose así ante el mundo con un hecho
consumado, y evitando la posible resistencia externa. Durante los meses de
Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre, se especificaron y detallaron más
estos planes, y hacia el 3 de Septiembre se decidió que todas las tropas
estarían listas para entrar en acción el 28 de Septiembre de 1.938.
3.
A
lo largo de este mismo periodo, los conspiradores nazis agitaron la cuestión
de las minorías en Checoslovaquia, y en particular en los Sudetes, provocando
una crisis diplomática en Agosto y Septiembre de 1.938. Después de que los
conspiradores nazis amenazaran con la guerra, el Reino Unido y Francia
firmaron un pacto con Alemania e Italia en Munich el 29 de Septiembre de 1.938
por el que Checoslovaquia cedía los Sudetes a Alemania. Se hizo aceptar el
pacto a Checoslovaquia. El 1 de Octubre de 1.938, las tropas alemanas ocuparon
los Sudetes.
4.
El
5 de Marzo de 1.939, en contra de lo acordado en el Tratado de Munich, los
conspiradores nazis completaron su plan apoderándose de la mayor parte de
Checoslovaquia, es decir, Bohemia y Moravia, no concedidas a los alemanes por
el Tratado de Munich.
4.
Formulación del plan para atacar Polonia: preparación e iniciación de la
guerra de agresión: Marzo de1.939 a Septiembre de 1.939 Habiendo culminado
exitosamente estas agresiones, los conspiradores habían obtenido bases y
recursos muy deseados y estaban listos para llevar a cabo nuevas agresiones
por medio de la guerra. Tras asegurarle al mundo sus intenciones pacíficas,
un grupo influyente de los conspiradores se reunió el 23 de Mayo de 1.939
para considerar el paso siguiente en la puesta en práctica de su plan. Se
revisó la situación y se observó que "los seis últimos años se han
aprovechado bien y se han tomado todas las medidas en el orden correcto y de
acuerdo con nuestros fines", que la unidad nacional y política de los
alemanes se había logrado casi totalmente, y que los éxitos futuros no se
podrían lograr sin guerra y sangre. Se decidió sin embargo a continuación
atacar Polonia a la primera oportunidad. Se admitió que los problemas
referidos a Danzig que habían agitado contra Polonia no eran reales, sino que
se trataba de una cuestión de expansión agresiva para conseguir alimentos y
"Lebensraum". Se reconoció que Polonia lucharía si la atacaban y
que no era de esperar una repetición del éxito nazi de la ocupación de
Checoslovaquia sin guerra.
Por
tanto, se decidió que el problema era aislar a Polonia y, si era posible,
evitar un conflicto simultáneo con las potencias occidentales. Sin embargo,
se admitió que Inglaterra era un enemigo de sus aspiraciones, y que la guerra
con Inglaterra y su aliado, Francia, terminaría ocurriendo, y por tanto, en
esa guerra se debía hacer todo lo posible para aplastar a Inglaterra con una
"Blitzkrieg" o guerra relámpago. Se decidió así preparar
inmediatamente planes detallados para atacar Polonia a la primera ocasión y
posteriormente, para un ataque a Inglaterra y Francia, con planes para la
ocupación simultánea por fuerzas armadas de bases aéreas en Holanda y
Bélgica.
(b)
Así, tras denunciar el Pacto Germano-Polaco de 1.934 con acusaciones falsas,
los conspiradores nazis procedieron a remover el asunto de Danzig, preparar
"incidentes" fronterizos para "justificar" el ataque, y
demandar la cesión de territorio polaco. Ante la negativa polaca a claudicar,
hicieron que las fuerzas armadas alemanas invadieran Polonia el 1 de
Septiembre de 1.939, precipitando la guerra con el Reino Unido y Francia.
5.
Expansión de la guerra a una guerra general de agresión:
planificación y ejecución de ataques a Dinamarca, Noruega, Bélgica,
Holanda, Luxemburgo, Yugoslavia y Grecia: 1.939 a Abril de 1.941
La
guerra de agresión preparada por los conspiradores nazis con sus ataques
sobre Austria y Checoslovaquia fue puesta en marcha activamente con su ataque
a Polonia, en violación de los términos del Pacto Briand-Kellogg de 1.928.
Tras la derrota total de Polonia, para facilitar las operaciones militares
contra Francia y el Reino Unido, los conspiradores nazis se prepararon
activamente para una extensión de la guerra en Europa. De acuerdo con estos
planes, hicieron que las fuerzas armadas alemanas invadieran Dinamarca y
Noruega el 9 de Abril de 1.940; Bélgica, Holanda y Luxemburgo el 10 de Mayo
de 1.940; Yugoslavia y Grecia el 6 de Abril de 1.941. Todas estas invasiones
habían sido planeadas específicamente de antemano.
6.
Invasión alemana el 22 de Junio de 1.941 del territorio de la URSS en
violación del Pacto de No Agresión del 23 de Agosto de 1.939.
El
22 de Junio de 1.941, los conspiradores nazis rechazaron el Pacto de No
Agresión entre Alemania y la URSS y sin ninguna declaración de guerra
invadieron territorio soviético, comenzando así una guerra de agresión
contra la URSS.
Desde
el primer día del ataque contra territorio soviético, los conspiradores
nazis, de acuerdo con sus detallados planes, comenzaron la destrucción de
ciudades, pueblos y aldeas, la demolición de fábricas, granjas colectivas,
centrales eléctricas y ferrocarriles, el robo y devastación bárbara de las
instituciones culturales naturales de los pueblos de la Unión Soviética, la
devastación de museos, iglesias y monumentos históricos, y la deportación
masiva de ciudadanos soviéticos para que realizaran trabajos como esclavos en
Alemania, así como la aniquilación de ancianos, mujeres y niños, en
especial bielorrusos y ucranianos. Se perpetró un exterminio de judíos en el
territorio de la Unión Soviética.
Los
crímenes mencionados fueron perpetrados por tropas alemanas siguiendo las
órdenes del gobierno nazi y el Estado Mayor y Cuartel General de las Fuerzas
Armadas Alemanas.
7.
Colaboración con Italia y Japón y guerra de agresión contra Estados Unidos:
Noviembre de 1.936 a Diciembre de 1.941
Tras
el inicio de las guerras nazis de agresión, los conspiradores nazis crearon
un pacto militar-económico germano-italo-japonés de diez años, que fue
firmado en Berlín el 27 de Septiembre de 1.940. Este acuerdo, que
representaba un refuerzo de los vínculos entre estos países, establecidos
por el anterior aunque más limitado pacto del 25 de Noviembre de 1.936,
decía: "Los Gobiernos de Alemania, Italia y Japón, considerando que es
una condición necesaria para cualquier paz duradera que todas las naciones
del mundo reciban su lugar adecuado, han decidido unirse y cooperar en sus
esfuerzos en Extremo Oriente y regiones de Europa respectivamente, donde es su
principal objetivo crear y mantener un nuevo orden de cosas calculado para
promover la prosperidad mutua y el bienestar de los pueblos en
cuestión". Los conspiradores nazis consideraban que la agresión
japonesa debilitaría y causaría problemas a las naciones con las que
estuviera en guerra, y a aquellas con las que preveían la posibilidad de una
guerra. Por tanto, los conspiradores nazis exhortaron a Japón a buscar
"un nuevo orden de cosas". Aprovechando la ventaja de las guerras de
agresión iniciadas por los conspiradores nazis, Japón efectuó un ataque el
7 de Diciembre de 1.941 contra los Estados Unidos de América en Pearl Harbour
y las Filipinas, y contra la Commonwealth, la Indochina francesa y Holanda en
el suroeste del Pacífico. Alemania declaró la guerra a Estados Unidos el 11
de Diciembre de 1.941.
(G)
CRÍMENES DE GUERRA Y CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD COMETIDOS DURANTE LA
EJECUCIÓN DE LA CONSPIRACIÓN DE LOS QUE SON RESPONSABLES LOS CONSPIRADORES:
1.
Comenzando
con la iniciación de la guerra de agresión el 1 de Septiembre de 1.939, y
con su expansión a guerras que implicaron a casi todo el mundo, los
conspiradores nazis llevaron a cabo su Plan Común o Conspiración para
provocar una guerra en la que combatir con un total e implacable desprecio y
violación de las leyes y costumbres de la guerra. Durante la ejecución del
Plan Común o Conspiración, se cometieron los Crímenes de Guerra que se
detallarán en el Tercer Cargo de esta Acusación.
2.
Comenzando
con la iniciación de su plan para hacerse con y retener el control total del
Estado Alemán, y posteriormente por su utilización de ese control para
agredir a otras naciones, los conspiradores nazis llevaron a cabo su Plan Común
o Conspiración con un total e implacable desprecio y violación de las leyes
de la Humanidad. Durante la ejecución del Plan Común o Conspiración, se
cometieron los Crímenes contra la Humanidad que se detallarán en el Cuarto
Cargo de esta Acusación.
3.
Por todo lo anterior, los acusados, junto a otras personas, son
culpables de un Plan Común o Conspiración para cometer Crímenes contra la
Paz; de una conspiración para cometer Crímenes contra la Humanidad durante
la preparación para la guerra y durante la guerra; y de una conspiración
para cometer Crímenes de Guerra no sólo contra las fuerzas armadas de sus
enemigos, sino también contra población civil no beligerante.
(H)
RESPONSABILIDAD DE PERSONAS, GRUPOS Y ORGANIZACIONES POR LOS CRÍMENES
EXPUESTOS EN EL PRIMER CARGO:
Remitimos
aquí al Apéndice A de esta Acusación para encontrar una exposición de la
responsabilidad de los acusados individuales por los delitos expuestos en este
Primer Cargo de la Acusación. Remitimos al Apéndice B de esta Acusación
para encontrar una exposición de la responsabilidad de los grupos y
organizaciones, denominadas grupos y organizaciones criminales, por los
delitos expuestos en este Primer Cargo de la Acusación.
SR.
SIDNEY ALDERMAN: Con la venia del Tribunal, con esto termina el Primer Cargo,
que es responsabilidad de América. Gran Bretaña expondrá el Segundo Cargo.
SIR
DAVID MAXWELL FYFE: Con la venia, Señoría.
SEGUNDO
CARGO- CRÍMENES CONTRA LA PAZ (Estatuto, Artículo 6 (a))
V.
Exposición del Delito
Todos
los acusados, junto a otras personas, durante un periodo de años anteriores
al 8 de Mayo de 1.945, participaron en la planificación, preparación,
iniciación y ejecución de guerras de agresión, que también fueron guerras
que violaban tratados internacionales, acuerdos y garantías.
VI.
Detalles de las guerras planeadas, preparadas, iniciadas y ejecutadas
(A)
Las
guerras referidas en la Exposición del Delito en este Segundo Cargo de la
Acusación y las fechas de su iniciación son las siguientes: contra Polonia,
1 de Septiembre de 1.939; contra el Reino Unido y Francia, 3 de Septiembre de
1.939; contra Dinamarca y Noruega, 9 de Abril de 1.940, contra Bélgica,
Holanda y Luxemburgo, 10 de Mayo de 1.940; contra Yugoslavia y Grecia, 6 de
Abril de 1.941, contra la URSS, 22 de Junio de 1.941; y contra los Estados
Unidos de América, 11 de Diciembre de 1.941.
(B)
Remitimos
al Primer Cargo de la Acusación para ver las alegaciones de que estas guerras
fueron guerras de agresión provocadas por los acusados.
(C)
Remitimos
al Apéndice C adjunto a esta Acusación para ver una exposición de detalles
de las acusaciones de violaciones de tratados internacionales, acuerdos y
garantías causadas por los acusados durante la planificación, preparación e
inicio de estas guerras.
VII.
Responsabilidad de personas, grupos y organizaciones por los crímenes
expuestos en el Segundo Cargo
Remitimos
al Apéndice A de esta Acusación para ver una exposición de la
responsabilidad de los acusados individualmente por los crímenes expuestos en
este Segundo Cargo de la Acusación.
Remitimos
al Apéndice B de esta Acusación para ver una exposición de la
responsabilidad de los grupos y organizaciones, denominados grupos y
organizaciones criminales, por los delitos expuestos en este Segundo Cargo de
la Acusación.
Con
esto termina, Sr. Presidente, el Segundo Cargo de la Acusación.
EL
PRESIDENTE: Sir David.
SIR
DAVID MAXWELL FYFE: Con la venia.
EL
PRESIDENTE: El Tribunal hará ahora un receso de 15 minutos.
SIR
DAVID MAXWELL FYFE : Con la venia. La lectura será continuada por un
representante de la República Francesa.
(Se
hizo un receso).
EL
PRESIDENTE: El Tribunal entiende que el acusado Ernst Kaltenbrunner está
temporalmente enfermo.
El
juicio continuará en su ausencia. Llamaré al Fiscal Jefe de la República
Provisional de Francia.
M.
MOUNIER:
TERCER
CARGO- CRÍMENES DE GUERRA (Estatuto, Artículo 6, en especial 6(b))
VIII.
Exposición del Crimen
Todos
los acusados cometieron Crímenes de Guerra entre el 1 de Septiembre de 1.939
y el 8 de Mayo de 1.945, en Alemania y en todos los países y territorios
ocupados por las fuerzas armadas alemanas desde el 1 de Septiembre de 1.939,
además de en Austria, Checoslovaquia e Italia, y en alta mar.
Todos
los acusados, actuando conjuntamente con otras personas, prepararon y
ejecutaron un Plan Común o Conspiración para cometer Crímenes de Guerra
según se definen en el Artículo 6(b) del Estatuto. Este plan implicaba,
entre otras cosas, la práctica de la "guerra total", incluyendo
métodos de combate y de ocupación militar en conflicto directo con las leyes
y costumbres de la guerra, y la perpetración de crímenes en el campo de
batalla durante encuentros con ejércitos enemigos, contra prisioneros de
guerra, y en territorios ocupados, contra la población civil de esos
territorios.
Los
mencionados Crímenes de Guerra fueron cometidos por los acusados y por otras
personas de cuyos actos son responsables los acusados (según el Artículo 6
del Estatuto), ya que esas otras personas, al cometer los Crímenes de Guerra,
ejecutaron sus actos siguiendo un Plan Común o Conspiración para cometer
esos Crímenes de Guerra, plan y conspiración cuya formulación y ejecución
fueron realizadas por todos los acusados como líderes, organizadores,
instigadores y cómplices.
Estos
métodos y crímenes constituyeron violaciones de convenciones
internacionales, de leyes penales internas y de los principios generales del
código penal de todas las naciones civilizadas, y se hicieron dentro de, y
como parte de, un patrón sistemático de conducta.
(A)
ASESINATO Y MALTRATO DE POBLACIÓN CIVIL DE O EN TERRITORIOS OCUPADOS Y EN
ALTA MAR
Durante
el periodo de su ocupación de territorios tomados por sus fuerzas armadas,
los acusados, con el fin de aterrorizar sistemáticamente a los habitantes,
maltrataron a civiles, los encarcelaron sin proceso legal, los torturaron y
les asesinaron.
Los
asesinatos y maltratos se realizaron por diversos medios, como el
fusilamiento, la horca, el gaseamiento, la muerte por hambre, la aglomeración
en espacios reducidos, el sometimiento sistemático a desnutrición, la
imposición sistemática de trabajo por encima de las fuerzas de las personas
obligadas a hacerlo, la carencia de servicios médicos y de cirugía, las
palizas y los golpes, la brutalidad y tortura de toda clase, incluyendo el uso
de hierros candentes y arrancar las uñas, y la realización de experimentos
por medio de operaciones y otros métodos en personas vivas. En algunos
territorios ocupados los acusados interfirieron en los servicios religiosos,
persiguieron a miembros del clero y órdenes monásticas, y se hicieron con
propiedades de la Iglesia. Perpetraron un genocidio sistemático y deliberado,
es decir, el exterminio de grupos raciales y nacionales, contra la población
de ciertos territorios ocupados para destruir razas o clases de personas
concretas, y grupos nacionales, raciales o religiosos, en particular judíos,
polacos y gitanos, y otros.
Se
sometió a civiles sistemáticamente a torturas de toda clase, con el objeto
de obtener información.
Se
sometió sistemáticamente a civiles de países ocupados a "arrestos de
protección", un eufemismo para referirse a que eran arrestados y
encarcelados sin juicio ni ninguna de las protecciones ordinarias de la ley, y
en las condiciones menos saludables y humanas.
En
los campos de concentración había muchos prisioneros que eran clasificados
"Nacht und Nebel". Eran totalmente apartados del mundo y no se les
permitía recibir ni enviar cartas. Desaparecían sin dejar rastro y las
autoridades alemanas no anunciaban nunca su destino.
Dichos
crímenes y maltratos son contrarios a Convenciones Internacionales, en
particular el Artículo 46 del Tratado de La Haya, 1.907, las leyes y
costumbres de la guerra, los principios generales del código penal que surgen
de los códigos penales de todas las naciones civilizadas, los códigos
penales de los países en los que se cometieron esos crímenes, y el Artículo
6 (b) del Estatuto.
Las
personas nombradas a continuación, y todas las personas que aparecen después
en este cargo, son nombradas aquí tan sólo como ejemplo, no quedan excluidos
de otros casos concretos, y son nombrados sin perjuicio del derecho de la
acusación a presentar pruebas de otros casos de asesinato y maltrato de
civiles.
I.
En Francia, Bélgica, Holanda, Dinamarca, Noruega, Luxemburgo, Italia y las
islas del Canal (denominados a partir de ahora los "Países
Occidentales") y en la parte de Alemania que está al oeste de una línea
trazada de norte a sur pasando por el centro de Berlín (denominada a partir
de ahora "Alemania Occidental").
Esos
asesinatos y maltratos tuvieron lugar en campos de concentración e
instalaciones similares creadas por los acusados y en particular en los campos
de concentración de Belsen, Buchenwald, Dachau, Breendonck, Grini, Natzweiler,
Ravensbruck, Vught y Amersfoort, y en numerosas ciudades, pueblos y aldeas,
como por ejemplo Oradour sur Glane, Trondheim y Oslo.
Los
crímenes cometidos en Francia o contra ciudadanos franceses tomaron las
siguientes formas:
Se
realizaron arrestos arbitrarios por pretextos políticos o raciales; fueron
individuales y colectivos; principalmente en París (redada de la Gendarmería
de Campo en el Arrondissement 18, redada de la población judía del
Arrondissement 11 en Agosto de 1.941, redada de intelectuales judíos en
Diciembre de 1.941, redada en Julio de 1.942); en Clermont-Ferrand (redada de
profesores y estudiantes de la Universidad de Estrasburgo, que habían sido
evacuados a Clermont-Ferrand el 25 de Noviembre de 1.943); en Lyon, en
Marsella (detención de 40.000 personas en Enero de 1.943); en Cluny
(detenciones el 24 de Diciembre de 1.944); en Figeac (redada en Mayo de
1.944); en Saint-Pol-de-Leon (redada en Julio de 1.944); en Locmine
(detenciones el 3 de Julio de 1.944); en Eyzieux (redada en Mayo de 1.944) y
en Moussey (detenciones en Septiembre de 1.944). Después de estos arrestos
hubo tratos brutales y torturas perpetradas con los métodos más diversos,
como la inmersión en agua helada, la asfixia, torturas en las extremidades, y
el uso de instrumentos de tortura, como el casco de hierro y corriente
eléctrica, y se practicaron en todas las prisiones de Francia, principalmente
en París, Lyon, Marsella, Rennes, Metz, Clermont-Ferrand, Toulouse, Niza,
Grenoble, Annecy, Arras, Bethune, Lille, Loos, Valenciennes, Nancy, Troyes y
Caen, y en las salas de tortura habilitadas en los centros de la Gestapo.
En
los campos de concentración, las condiciones sanitarias y el sistema de
trabajo eran tales que la tasa de mortalidad (que se decía que era por causas
naturales) alcanzó enormes proporciones, por ejemplo 1. De un convoy de 250
mujeres francesas deportadas de Compiègne a Auschwitz en Enero de 1.943, 180
habían muerto por agotamiento pasados cuatro meses.
2.
143
hombres franceses murieron de agotamiento entre el 23 de Marzo y el 6 de Mayo
de 1.943 en el Bloque 8 de Dachau.
3.
1.797
hombres franceses murieron de agotamiento entre el 21 de Noviembre de 1.943 y
el 15 de Marzo de 1.945 en el Bloque en Dora.
4.
465
hombres franceses murieron por debilidad general en Noviembre de 1.944 en
Dora.
5.
22.761
deportados murieron de agotamiento en Buchenwald entre el 1 de Enero de 1.943
y el 15 de Abril de 1.945.
6.
11.560
detenidos murieron de agotamiento en el campo de Dachau (la mayoría en el
Bloque 30, reservado para los enfermos) entre el 1 de Enero y el 15 de Abril
de 1.945.
7.
780
sacerdotes murieron de agotamiento en Mauthausen.
De
2.200 hombres franceses registrados en el campo de Flossenburg, 1.600 murieron
de causas supuestamente naturales.
Los
métodos usados para el exterminio en los campos de concentración fueron:
maltrato, experimentos pseudo científicos (esterilización de mujeres en
Auschwitz y Ravensbruck, estudio de la evolución del cáncer de estómago en
Auschwitz, del tifus en Buchenwald, investigaciones anatómicas en Natzweiler,
inyecciones en el corazón en Buchenwald, injerto de huesos y extirpación de
músculos en Ravensbruck, etc.), cámaras de gas, vagones de gaseamiento y
hornos crematorios. De 228.000 deportados políticos y raciales franceses a
campos de concentración, sólo sobrevivieron 28.000.
En
Francia también se práctico el exterminio sistemático, sobre todo en:
1
de Abril de 1.944, en Colpe el 22 de Julio de 1.944, en Buzet-sur-Tarn el 6 de
Julio y el 17 de Agosto de 1.944, en Pluvignier el 8 de Julio de 1.944, en
Rennes el 8 de Junio de 1.944, en Grenoble el 8 de Julio de 1.944, en Saint
Flour el 10 de Junio de 1.944, en Ruisnes el 10 de Junio de 1.944, en Nimes,
en Tulle, y en Niza, donde, en Julio de 1.944, las víctimas de la tortura
fueron mostradas a la población, y en Oradour-sur-Glane, donde toda la
población del pueblo fue fusilada o quemada viva en la iglesia.
Las
numerosas fosas son pruebas de masacres anónimas. Las más destacables son
las fosas comunes de París (Cascada del Bosque de Boulogne), Lyon, Saint-Genies-Laval,
Besançon, Petit Saint-Bernard, Anlnat, Caen, Port-Louis, Charleval,
Fontainebleau, Bouconne, Cabaudet, L'hermitage-Lorges, Morlas, Bordelongue,
Signe.
Durante
una campaña premeditada de terror iniciada en Dinamarca por los alemanes en
la segunda mitad de 1.942, 600 súbditos daneses fueron asesinados, y además,
durante la ocupación alemana de Dinamarca, gran número de súbditos daneses
fueron sometidos a tortura y maltratos de todo tipo. Además, unos 500
súbditos daneses fueron asesinados, por torturas u otros medios, en prisiones
alemanas y campos de concentración.
En
Bélgica, entre 1.940 y 1.944, se perpetraron torturas por diversos medios,
pero idénticas en cada lugar, en Bruselas, Lieja, Mons, Gante, Namur,
Amberes, Tournai, Arlon, Charleroi y Dinant.
En
Vught, Holanda, cuando se evacuó el campo, se fusiló a unas 400 personas.
En
Luxemburgo, durante la ocupación alemana, 500 personas fueron asesinadas, y
además se ejecutó ilegalmente a otras 521, por orden de tribunales
especiales como los llamados "Sondergericht." Muchas más personas
de Luxemburgo se vieron sometidas a torturas y maltratos por parte de la
Gestapo. Al menos 4.000 luxemburgueses fueron encarcelados durante la
ocupación alemana, y de estos, se asesinó al menos a 400.
Entre
Marzo de 1.944 y Abril de 1.945, en Italia, al menos 7.500 hombres, mujeres y
niños, de edades comprendidas entre la infancia y la vejez extrema, fueron
asesinados por los soldados alemanes en Civitella, en las Fosas Ardeatinas en
Roma, y en otros lugares.
(B)
DEPORTACIÓN PARA TRABAJO ESCLAVO Y OTROS FINES DE LA POBLACIÓN CIVIL DE Y EN
TERRITORIOS OCUPADOS
Durante
toda la ocupación alemana tanto de los países occidentales como de los
orientales, el Gobierno Alemán y el Alto Mando Alemán tuvieron como
política deportar a ciudadanos en buenas condiciones físicas de dichos
países ocupados a Alemania y otros países ocupados para forzarles a trabajar
en fortificaciones, fábricas, y otras tareas relacionadas con el esfuerzo de
guerra alemán.
Para
llevar a cabo dicha política hubo deportaciones masivas de todos los países
occidentales y orientales durante toda la ocupación.
Estas
deportaciones eran contrarias a las convenciones internacionales, en
particular al Artículo 46 del Tratado de La Haya de 1.907, las leyes y
costumbres de la guerra, los principios generales del código penal según se
derivan de los códigos penales de todas las naciones civilizadas, los
códigos penales internos de los países en los que se cometieron dichos
crímenes, y al Artículo 6(b) del Estatuto.
Detalles
de las deportaciones, sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de
pruebas de otros casos, son los siguientes:
1.
De los países occidentales:
Desde
Francia se realizaron las siguientes "deportaciones" de personas por
razones políticas o raciales, siendo cada transporte de entre 1.500 y 2.500
deportados:
|
1.940
|
1.941
|
1.942
|
1.943
|
1.944
|
|
3
Transportes.
|
14
Transportes.
|
104
Transportes.
|
257
Transportes.
|
326
Transportes.
|
|
Estos
deportados se veían sometidos a las condiciones más bárbaras de aglomeración;
se les proporcionaban ropas insuficientes y se les daba poca o ninguna comida
durante varios días.
Las
condiciones de transporte eran tales que muchos deportados morían durante el
viaje, por ejemplo:
En
uno de los vagones del tren que salió de Compiègne con destino Buchenwald el
17 de Septiembre de 1.943, murieron 80 hombres de un total de 130.
El
4 de Junio de 1.944, se sacaron 484 cuerpos de un tren en Sarrebourg.
En
un tren que salió de Compiègne el 2 de Julio de 1.944 con destino Dachau, se
encontró muertos a más de 600 al llegar, es decir, un tercio del total.
En
un tren que salió de Compiègne el 16 de Enero de 1.944 con destino
Buchenwald, se encerró a más de 100 personas en cada vagón, apilando a los
muertos y heridos en el último vagón durante el viaje.
En
Abril de 1.945, de 12.000 internos evacuados de Buchenwald, sólo 4.000 seguían
vivos cuando la columna llegó a las afueras de Regensburg.
Durante
la ocupación alemana de Dinamarca, 5.200 súbditos daneses fueron deportados
a Alemania y encarcelados en campos de concentración y otros lugares.
En
1.942 y años posteriores, 6.000 luxemburgueses fueron deportados de su país
en condiciones deplorables y muchos de ellos perecieron.
De
Bélgica, entre 1.940 y 1.944, se deportó a Alemania a al menos 190.000
civiles y se les usó como mano de obra esclava. Estos deportados se vieron
sometidos a maltratos y muchos de ellos se vieron obligados a trabajar en fábricas
de armamento.
De
Holanda, entre 1.940 y 1.944, cerca de medio millón de civiles fueron
deportados a Alemania y otros países ocupados.
(C)
ASESINATO Y MALTRATO A PRISIONEROS DE GUERRA Y OTROS MIEMBROS DE LAS FUERZAS
ARMADAS DE LOS PAÍSES CON LO QUE ALEMANIA ESTABA EN GUERRA, Y A PERSONAS EN
ALTA MAR
Los
acusados maltrataron y asesinaron a prisioneros de guerra negándoles el
sustento adecuado, refugio, ropas, cuidados médicos y otras atenciones, forzándoles
a trabajar en condiciones inhumanas, humillándoles, torturándoles y asesinándoles.
El
Gobierno Alemán y el Alto Mando Alemán encerró a prisioneros de guerra en
diversos campos de concentración, donde eran asesinados o sometidos a tratos
inhumanos con los diversos medios expuestos en el párrafo VIII (A).
Se
asesinó con frecuencia mientras se rendían a miembros de las fuerzas armadas
de los países con los que Alemania estaba en guerra. Estos asesinatos y
maltratos contravienen convenciones internacionales, en particular los Artículos
4, 5, 6 y 7 del Tratado de la Haya de 1.907 y los Artículos 2, 3, 4 y 6 de la
Convención sobre Prisioneros de Guerra (Ginebra, 1.929), las leyes y
costumbres de la guerra, los principios generales del código penal según se
derivan de los códigos penales de las naciones civilizadas, los códigos
penales internos de los países en los que se cometieron esos crímenes y el
Artículo 6 (b) del Estatuto.
Detalles,
sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de pruebas de otros
casos, son los siguientes:
En
los países occidentales:
Varios
oficiales franceses que escaparon del Oflag XC fueron entregados a la Gestapo
y desaparecieron; otros fueron asesinados por sus guardias; otros enviados a
campos de concentración y exterminados. Entre otros, los hombres del Stalag
VI C fueron enviados a Buchenwald.
Con
frecuencia, se obligaba a los prisioneros capturados en el Frente Occidental a
marchar a los campos hasta que caían por agotamiento. Algunos caminaban más
de 600 kilómetros casi sin comida; caminaban corriendo durante 48 horas sin
ser alimentados; de ellos, un cierto número moría de agotamiento o hambre;
los rezagados eran asesinados sistemáticamente.
Se
cometieron los mismos crímenes en 1.943, 1.944 y 1.945, cuando se desalojó a
los internos de los campos ante el avance Aliado, en particular durante la
retirada de los prisioneros de Sagan el 8 de Febrero de 1.945.
Se
infligían castigos corporales a los suboficiales y cadetes que se negaban a
trabajar. El 24 de Diciembre de 1.943 se asesinó a tres suboficiales
franceses por tal motivo en el Stalag IV A. Se infligían muchos maltratos sin
motivo a personas con otros rangos; apuñalamientos con bayonetas, culatazos
con rifles y latigazos; en el Stalag XX B incluso los enfermos fueron
golpeados muchas veces por centinelas; en el Stalag III B y el Stalag III C,
prisioneros agotados fueron asesinados o gravemente heridos. En las prisiones
militares, como por ejemplo Graudenz, y en campos de represalia como Rava-Ruska, la comida era tan escasa que los hombres perdían más de 15
kilogramos en pocas semanas. En Mayo, se distribuyó en Rava-Ruska una única
hogaza de pan a cada grupo de 35 hombres.
Se
dieron órdenes de transferir encadenados al campo de Mauthausen a los
oficiales franceses que hubieran tratado de escapar. A su llegada al campo
eran asesinados, por fusilamiento o por gas, y se destruían sus cuerpos en el
crematorio.
Fueron
asesinados prisioneros americanos, oficiales y hombres, en Normandía durante
el verano de 1.944 y en Las Ardenas en Diciembre de 1.944. Se sometió a
hambre, se golpeó y se mutiló a prisioneros americanos de diversas formas en
numerosos Stalags en Alemania o en los países ocupados, en particular en
1.943, 1.944 y 1.945.
(D)
ASESINATO DE REHENES
En
los territorios ocupados por las fuerzas armadas alemanas, durante sus guerras
de agresión, los acusados adoptaron y pusieron en práctica a gran escala la
práctica de la toma de población civil como rehenes y su asesinato. Estos
actos contravienen las convenciones internacionales, en particular el Artículo
50 del Tratado de La Haya de 1.907, las leyes y costumbres de la guerra, los
principios generales del código penal según se derivan de los códigos
penales de todas las naciones civilizadas, los códigos penales internos de
los países en los que se cometieron dichos crímenes, y al Artículo 6(b) del
Estatuto.
Detalles,
sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de pruebas de otros
casos, son los siguientes:
En
los países occidentales:
En
Francia se ejecutó a rehenes individual o colectivamente; estas ejecuciones
tuvieron lugar en todas las grandes ciudades de Francia, entre otras París,
Burdeos y Nantes, así como en Chateaubriant.
En
Holanda se fusiló a miles de rehenes en, entre otros, los siguientes lugares:
Rotterdam, Apeldoorn, Ámsterdam, Benschop y Haarlem.
En
Bélgica, se fusiló a miles de rehenes de 1.940 a 1.944.
M.
GERTHOFFER (continuando la lectura de la Acusación)
(E)
SAQUEO DE PROPIEDAD PÚBLICA Y PRIVADA
Los
acusados explotaron sin piedad a la gente y los recursos materiales de los países
que ocuparon para fortalecer la maquinaria bélica nazi, despoblar y
empobrecer al resto de Europa, enriquecerse y enriquecer a sus seguidores, y
promover la supremacía económica alemana sobre Europa.
Los
acusados perpetraron los siguientes actos y prácticas, entre otros:
1.
Degradaron
el nivel de vida de la gente de los países ocupados y causaron hambre,
arrebatándoles los alimentos para llevarlos a Alemania.
2.
Se
llevaron materias primas y maquinaria industrial de todos los países
ocupados, los trasladaron a Alemania y los usaron en interés del esfuerzo de
guerra alemán y la economía alemana.
3.
En
todos los países ocupados, en mayor o menor grado, se confiscaron negocios, fábricas
y otras propiedades.
4.
En
un intento de darle un cierto barniz de legalidad a adquisiciones ilegales de
propiedad, forzaron a los propietarios a realizar transferencias
"voluntarias" y "legales".
5.
Establecieron
controles totales sobre las economías de todos los países ocupados y
dirigieron sus recursos, su producción y su mano de obra según los intereses
de la economía de guerra alemana, privando a las poblaciones locales de los
productos de industrias esenciales.
6.
Por
medio de diversos mecanismos financieros, expoliaron a los países ocupados de
bienes esenciales y riquezas acumuladas, hundieron los sistemas monetarios
locales y alteraron las economías locales. Financiaron grandes compras en países
ocupados forzando acuerdos en los que exigían préstamos de los países
ocupados.
Crearon
impuestos de ocupación, se hicieron con contribuciones a Hacienda, y
emitieron moneda de ocupación en cantidad muy superior a los costes de
ocupación.
Usaron
estos fondos en exceso para financiar la compra de negocios y suministros en
los países ocupados.
7.
Derogaron los derechos de la población local en las zonas ocupadas de
la URSS y en Polonia y otros
países a desarrollar o gestionar propiedades agrícolas e industriales, y
reservaron esta área para el
exclusivo asentamiento, desarrollo y propiedad de alemanes y sus llamados
hermanos raciales.
8.
Desarrollando aún más su plan de explotación criminal, destruyeron
ciudades industriales,
monumentos, instituciones culturales y científicas, y propiedades de todo
tipo en los territorios ocupados
para eliminar la posibilidad de competir con Alemania.
9.
Con su programa de terror, esclavización, expolio y atropellos
organizados, los conspiradores nazis
crearon un instrumento para su provecho y engrandecimiento personal y el de
sus adeptos. Se
aseguraron para sí mismos y sus adeptos:
(a)
Puestos en la administración de negocios que suponían condiciones
lucrativas, de poder y de
influencia.
(b)
El
uso de mano de obra barata y forzada.
(c)
La
adquisición en términos ventajosos de propiedades extranjeras, materias
primas y participaciones en negocios.
(d)
Las
bases para la supremacía industrial de Alemania.
Estos
actos contravienen convenciones internacionales, en particular los Artículos
46 a 56 del Tratado de la Haya de 1.907, las leyes y costumbres de la guerra,
los principios generales del código penal según se derivan de los códigos
penales de todas las naciones civilizadas, los códigos penales internos de
los países en los que se cometieron dichos crímenes, y el Artículo 6(b) del
Estatuto.
Detalles,
sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de pruebas de otros
casos, son los siguientes:
1.
Países occidentales:
Se
saquearon de los países occidentales de 1.940 a 1.944 obras de arte, objetos
artísticos, cuadros, obras plásticas, mobiliario, textiles, piezas de
anticuario y artículos similares de enorme valor hasta un total de 21.903.
En
Francia, las estadísticas dan los siguientes valores:
EXTRACCIÓN
DE MATERIALES
Carbón:
63.000.000 de toneladas
Energía
eléctrica: 20.976 Kw
Gasolina
y combustible: 1.943.750 toneladas
Mineral
de hierro: 74.848.000 toneladas
Productos
siderúrgicos: 3.822.000 toneladas
Bauxita:
1.211.800 toneladas
Cemento:
5.984.000 toneladas
Cal:
1.888.000 toneladas
Productos
de cantera: 25.872.000 toneladas
y
otros diversos productos por un valor total de 79.961.423.000 francos.
SUSTRACCIÓN
DE EQUIPO INDUSTRIAL
Total:
9.759,861.000 francos,
siendo
2.626,479.000 francos maquinaria.
SUSTRACCIÓN
DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS
Total
.............. 126.655.852.000
francos.
detalles
de los productos principales:
|
2.947.337
toneladas
|
Trigo
|
|
2.354.080
toneladas
|
Avena
|
|
790.000
hectólitros
|
Leche
|
|
460.000
hectólitros
|
Leche
(concentrada y en polvo)
|
|
76.000
toneladas
|
Mantequilla
|
|
49.000
toneladas
|
Queso
|
|
725.975
toneladas
|
Patatas
|
|
575.000
toneladas
|
Verduras
diversas
|
|
7.647.000
hectólitros
|
Vino
|
|
87.000.000
de botellas
|
Champán
|
|
3.821.520
hectólitros
|
Cerveza
|
|
1.830.000
hectólitros
|
Otras
clases de bebidas alcohólicas
|
|
SUSTRACCIÓN
DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS
Un
total de 184.640.000.000 de francos.
SUSTRACCIONES
MONETARIAS
Francos:
257.020.024.000 de empresas privadas
Francos:
55.000.100.000 del Estado.
EXPLOTACIÓN
FINANCIERA
De
Junio de 1.940 a Septiembre de 1.944 el Tesoro Francés se vio obligado a
pagarle a Alemania 631.966.000.000 de francos.
SAQUEO
Y DESTRUCCIÓN DE OBRAS DE ARTE
Se
saquearon los museos de Nantes, Nancy y Marsella. Se robaron colecciones
privadas de gran valor. De esta forma desaparecieron cuadros de Rafael,
Vermeer y Van Dyck y obras de Rubens,Holbein, Rembrandt, Watteau y Boucher.
Alemania le obligó a Francia a entregar "El Cordero Místico", de
Van Eyck, que le había confiado Bélgica.
En
Noruega y otros países ocupados, se emitieron decretos por los que se
confiscaron las propiedades de muchos civiles, sociedades, etc. Se sustrajo
una inmensa cantidad de propiedades de Francia, Bélgica, Noruega, Holanda y
Luxemburgo.
Como
resultado del saqueo económico de Bélgica entre 1.940 y 1.944, los daños
sufridos ascendieron a 175 mil millones de francos belgas.
(F)
EXACCIÓN DE MULTAS COLECTIVAS
Los
alemanes llevaron a cabo una política sistemática con la que cobraban a la
población en todos los países ocupados multas colectivas, monetarias o de
otros tipos, por actos de personas que no podían ser considerados
responsabilidad colectiva; se hizo en muchos lugares, como por ejemplo Oslo,
Stavanger, Trondheim y Rogaland.
Hechos
similares ocurrieron en Francia, por ejemplo en Dijon o Nantes, y también lo
sufrió la población judía de los territorios ocupados. La cantidad total de
multas impuestas a diversas comunidades francesas asciende a un total de 1.157.179.484 francos, repartidos de la siguiente manera:
Multa
a la población judía: 1.000.000.000
Multas
diversas: 157.179.484
Estos
actos contravienen el Artículo 50 del Tratado de la Haya de 1.907, las leyes
y costumbres de la guerra, los principios generales del código penal según
se derivan
de
los códigos penales de las naciones civilizadas, los códigos penales
internos de los países en los que se cometieron esos crímenes y el Artículo
6 (b) del Estatuto.
(G)
DESTRUCCIÓN INTENCIONADA DE CIUDADES, PUEBLOS Y ALDEAS Y DEVASTACIÓN NO
JUSTIFICADA POR LA NECESIDAD MILITAR
Los
acusados destruyeron intencionadamente ciudades, pueblos y aldeas, y
cometieron otros actos de devastación sin justificación militar o necesidad.
Estos actos contravienen los Artículos 46 y siguientes del Tratado de la Haya
de 1.907, las leyes y costumbres de la guerra, los principios generales del código
penal según se derivan de los códigos penales de las naciones civilizadas,
los códigos penales internos de los países en los que se cometieron esos crímenes
y el Artículo 6 (b) del Estatuto.
Detalles,
sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de pruebas de otros
casos, son los siguientes:
1.
Países occidentales:
En
Marzo de 1.941 se destruyó parte de Lofoten, Noruega.
En
Abril de 1.942 se destruyó la ciudad de Telerag, Noruega.
Se
destruyeron pueblos enteros en Francia, entre otros Oradour-sur-Glane, Saint-Nizier
(Gascuña), La Mure, Vassieu, o La Chappelle (Vercors). Se
incendió y destruyó la ciudad de Saint Die. Se dinamitó el Distrito del
Puerto Viejo de Marsella a principios de 1.943, y se demolieron centros turísticos
en la costa atlántica y la mediterránea, como la ciudad de Sanary.
En
Holanda se dio una destrucción más amplia y extendida, no justificada por la
necesidad militar, incluyendo la destrucción de bahías, esclusas, diques y
puentes; se causó también una inmensa devastación con inundaciones que
tampoco estaban justificadas por la necesidad militar.
(H)
RECLUTAMIENTO DE TRABAJADORES CIVILES
En
los territorios ocupados los acusados reclutaron y forzaron a los habitantes a
trabajar, y solicitaron sus servicios para fines distintos a satisfacer las
necesidades de los ejércitos de ocupación, y en una extensión muy por
encima de los recursos de los países implicados. Todos los civiles reclutados
de esta manera se vieron forzados a trabajar para el esfuerzo de guerra alemán.
Se obligaba a los civiles a registrarse, y muchos de los registrados fueron
obligados a unirse a la Organización Todt y a la Legión Speer, ambas
organizaciones semi-militares que obligaban a hacer cierto entrenamiento
militar. Estos actos contravienen los Artículos 46 y 52 del Tratado de la
Haya de 1.907, las leyes y costumbres de la guerra, los principios generales
del código penal según se derivan de los códigos penales de las naciones
civilizadas, los códigos penales internos de los países en los que se
cometieron esos crímenes y el Artículo 6 (b) del Estatuto.
Detalles,
sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de pruebas de otros
casos, son los siguientes:
1.
Países occidentales:
De
1.942 a 1.944 se obligó a trabajar en Alemania a 963.813 ciudadanos
franceses, y a 737.000 en Francia, para el Ejército Alemán.
Sólo
en 1.944 en Luxemburgo se reclutó a 2.500 hombres y 500 chicas para trabajos
forzados.
(I)
OBLIGACIÓN DE LOS CIVILES DE TERRITORIOS OCUPADOS DE JURAR LEALTAD A UN PODER
HOSTIL
Los
civiles que se unían a la Legión Speer, como se ha explicado en el párrafo
(H), tenían, bajo amenaza de privarles de alimento, dinero y documentos de
identificación, que jurar solemnemente obediencia incondicional a Adolf
Hitler, Fuhrer de Alemania, que para ellos era un poder hostil.
EL
PRESIDENTE: El Tribunal se retirará ahora hasta las 2 en punto.
(Se
hizo un receso hasta las 14:00 horas).
EL
PRESIDENTE: El Fiscal Jefe de la República Francesa puede continuar con la
lectura de la Acusación.
M.
MOUNIER:
(I)
OBLIGACIÓN DE LOS CIVILES DE TERRITORIOS OCUPADOS DE JURAR LEALTAD A UN PODER
HOSTIL
Los
civiles que se unían a la Legión Speer, como se ha explicado en el párrafo
(H), tenían, bajo amenaza de privarles de alimento, dinero y documentos de
identificación, que jurar solemnemente obediencia incondicional a Adolf
Hitler, Fuhrer de Alemania, que para ellos era un poder hostil.
En
Lorena se obligó a los funcionarios públicos, para que pudieran seguir en
sus puestos, a que firmaran una declaración por la que reconocían la
"devolución de su país al Reich", quedaban obligados a obedecer
sin reservas las órdenes de sus superiores y se les ponía "al servicio
activo del Fuhrer y la Gran Alemania Nacionalsocialista".
Se
impuso algo similar a los funcionarios alsacianos bajo amenaza de deportación
o cárcel.
Estos
actos contravienen el Artículo 45 del Tratado de la Haya de 1.907, las leyes
y costumbres de la guerra, los principios generales de las Leyes
Internacionales y el Artículo 6 (b) del Estatuto.
(J)
GERMANIZACIÓN DE TERRITORIOS OCUPADOS
En
ciertos territorios ocupados supuestamente anexionados a Alemania los acusados
trataron metódicamente y ajustándose al plan de asimilar esos territorios
política, cultural, social y económicamente al Reich Alemán. Los acusados
trataron de aniquilar el carácter nacional de esos territorios. Para lograr
estos planes, los acusados deportaron a la fuerza a habitantes que eran
predominantemente no alemanes e introdujeron a miles de colonos alemanes.
Este
plan incluía la dominación económica, la conquista física, la instauración
de gobiernos títere, la supuesta anexión legal y el alistamiento forzoso en
las Fuerzas Armadas Alemanas.
Esto
se hizo en la mayor parte de los países ocupados, incluyendo: Noruega,
Francia (en particular en los departamentos del Alto Rin, Bajo Rin, Mosela,
Ardenas, Aisne, Norte y Meurthe) Luxemburgo, la Unión Soviética, Dinamarca,
Bélgica y Holanda.
En
Francia, en los departamentos de Aisne, Norte, Meurthe y Mosela, y en especial
en las Ardenas, una Organización Estatal Alemana expropió las propiedades
rurales y trató de hacer que se explotaran bajo dirección alemana; los
propietarios de esas explotaciones perdieron sus posesiones y se vieron
convertidos en trabajadores agrícolas.
En
los departamentos del Alto Rin, Bajo Rin y Mosela, se empleó como método de
germanización la anexión, seguida del reclutamiento.
A
partir de Agosto de 1.940, los funcionarios que se negaban a jurar lealtad al
Reich eran expulsados. El 21 de Septiembre comenzó la expulsión y deportación
de población, y el 22 de Noviembre de 1.940 se envió a más de 70.000
loreneses o alsacianos al sur de Francia. Desde el 31 de Julio de 1.941 en
adelante se deportó a más de 100.000 personas a las regiones orientales del
Reich o a Polonia. Se confiscaban todas las propiedades de los deportados o
expulsados. Al mismo tiempo, se instaló a 80.000 alemanes venidos del Sarre o
Westfalia en Lorena, y se transfirieron a alemanes 2.000 granjas
pertenecientes a franceses.
A
partir del 2 de Enero de 1.942, todos los jóvenes de los departamentos del
Alto Rin y el Bajo Rin, con edades de entre 10 y 18 años, fueron alistados en
las Juventudes Hitlerianas. Lo mismo se hizo en el Mosela a partir del 4 de
Agosto de 1.942. En 1.940 se cerraron todas las escuelas francesas, se expulsó
a su personal, y se introdujo el sistema escolar alemán en los tres
departamentos.
El
28 de Septiembre de 1.940, una orden aplicable al departamento del Mosela
ordenó la germanización de todos los nombres y apellidos cristianos que
fueran franceses. Lo mismo se hizo el 15 de Enero de 1.943 en los
departamentos del Alto Rin y el Bajo Rin.
Dos
órdenes, una del 23 y otra del 24 de Agosto de 1.942, impusieron la
nacionalidad alemana a los ciudadanos franceses.
El
8 de Mayo de 1.941 para el Alto Rin y el Bajo Rin, y el 23 de Abril de 1.941
para el Mosela, se promulgaron órdenes obligando al servicio de trabajo a
todos los ciudadanos franceses de cualquier sexo de entre 17 y 25 años. A
partir del 1 de Enero de 1.942 se organizó efectivamente el servicio de
trabajo nacional en el Mosela para los hombres jóvenes, y a partir del 26 de
Enero de 1.942, para las chicas. El 27 de Agosto de 1.942 se inició en el
Alto Rin y el Bajo Rin sólo para hombres jóvenes.
Se
llamó a las quintas de 1.940, 1.941 y 1.942.
Se
retuvo a estas quintas en la Wehrmacht al expirar su tiempo de servicio y
trabajo.
El
19 de Agosto de 1.942 una orden establecía el servicio militar obligatorio en
el Mosela. El 25 de Agosto de 1.942 se llamó a las quintas de 1.940-1.942 en
tres departamentos. Las autoridades alemanas aplicaron el reclutamiento en
base a la legislación alemana. La primera revisión tuvo lugar el 3 de
Septiembre de 1.942. Más adelante, en el Alto Rin y el Bajo Rin se efectuaron
nuevos reclutamientos, los de las quintas de 1.928 a 1.939. Los franceses que
se negaban a obedecer estas leyes eran considerados desertores, se deportaba a
sus familias y se confiscaban sus propiedades.
Estos
actos contravienen los Artículos 43, 46, 55 y 56 del Tratado de la Haya de
1.907, las leyes y costumbres de la guerra, los principios generales del código
penal según se derivan de los códigos penales de las naciones civilizadas,
los códigos penales internos de los países en los que se cometieron esos crímenes
y el Artículo 6 (b) del Estatuto.
IX.
Responsabilidad individual, de grupos y de organizaciones por los delitos
expuestos en el Tercer Cargo
Remitimos
al Apéndice A de esta Acusación para ver una exposición de la
responsabilidad individual de los acusados por los delitos expuestos en este
Tercer Cargo de la Acusación. Remitimos al Apéndice B de esta Acusación
para ver una exposición de la responsabilidad de los grupos y organizaciones,
denominados grupos y organizaciones criminales, por los delitos expuestos en
este Tercer Cargo de la Acusación.
EL
PRESIDENTE: Llamaré a continuación al Fiscal Jefe de la Unión Soviética
CAPITÁN
V. V. KUCHIN:
TERCER
CARGO - CRÍMENES DE GUERRA
Todos
los acusados cometieron Crímenes de Guerra entre el 1 de Septiembre de 1.939
y el 8 de Mayo de 1.945, en Alemania y en todos los países y territorios
ocupados por las fuerzas armadas alemanas desde el 1 de Septiembre de 1.939,
además de en Austria, Checoslovaquia e Italia, y en alta mar.
Todos
los acusados, actuando conjuntamente con otras personas, prepararon y
ejecutaron un Plan Común o Conspiración para cometer Crímenes de Guerra según
se definen en el Artículo 6(b) del Estatuto. Este plan implicaba, entre otras
cosas, la práctica de la "guerra total", incluyendo métodos de
combate y de ocupación militar en conflicto directo con las leyes y
costumbres de la guerra, y la perpetración de crímenes en el campo de
batalla durante encuentros con ejércitos enemigos, contra prisioneros de
guerra, y en territorios ocupados, contra la población civil de esos
territorios.
Los
mencionados Crímenes de Guerra fueron cometidos por los acusados y por otras
personas de cuyos actos son responsables los acusados (según el Artículo 6
del Estatuto), ya que esas otras personas, al cometer los Crímenes de Guerra,
ejecutaron sus actos siguiendo un Plan Común o Conspiración para cometer
esos Crímenes de Guerra, plan y conspiración cuya formulación y ejecución
fueron realizadas por todos los acusados como líderes, organizadores,
instigadores y cómplices.
Estos
métodos y crímenes constituyeron violaciones de convenciones
internacionales, de leyes penales internas y de los principios generales del código
penal según se derivan del código penal de todas las naciones civilizadas, y
se hicieron dentro de, y como parte de, un patrón sistemático de conducta.
(A)
ASESINATO Y MALTRATO DE POBLACIÓN CIVIL DE O EN TERRITORIOS OCUPADOS Y EN
ALTA MAR
Durante
el periodo de su ocupación de territorios tomados por sus fuerzas armadas,
los acusados, con el fin de aterrorizar sistemáticamente a los habitantes,
maltrataron a civiles, los encarcelaron sin proceso legal, los torturaron y
les asesinaron.
Los
asesinatos y maltratos se realizaron por diversos medios, como el
fusilamiento, la horca, el gaseamiento, la muerte por hambre, la aglomeración
en espacios reducidos, el sometimiento sistemático a desnutrición, la
imposición sistemática de trabajo por encima de las fuerzas de las personas
obligadas a hacerlo, la carencia de servicios médicos y de cirugía, las
palizas y los golpes, la brutalidad y tortura de toda clase, incluyendo el uso
de hierros candentes y arrancar las uñas, y la realización de experimentos
por medio de operaciones y otros métodos en personas vivas. En algunos
territorios ocupados los acusados interfirieron en los servicios religiosos,
persiguieron a miembros del clero y órdenes monásticas, y se hicieron con
propiedades de la Iglesia. Perpetraron un genocidio sistemático y
deliberado, es decir, el exterminio de grupos raciales y nacionales, contra la
población de ciertos territorios ocupados para destruir razas o clases de
personas concretas, y grupos nacionales, raciales o religiosos, en particular
judíos, polacos y gitanos, y otros.
Se
sometió a civiles sistemáticamente a torturas de toda clase, con el objeto
de obtener información.
Se
sometió sistemáticamente a civiles de países ocupados a "arrestos de
protección", un eufemismo para referirse a que eran arrestados y
encarcelados sin juicio ni ninguna de las protecciones ordinarias de la ley, y
en las condiciones menos saludables y humanas.
En
los campos de concentración había muchos prisioneros que eran clasificados
"Nacht und Nebel". Eran totalmente apartados del mundo y no se les
permitía recibir ni enviar cartas. Desaparecían sin dejar rastro y las
autoridades alemanas no anunciaban nunca su destino.
Dichos
crímenes y maltratos son contrarios a Convenciones Internacionales, en
particular el Artículo 46 del Tratado de La Haya, 1.907, las leyes y
costumbres de la guerra, los principios generales del código penal que surgen
de los códigos penales de todas las naciones civilizadas, los códigos
penales de los países en los que se cometieron esos crímenes, y el Artículo
6 (b) del Estatuto.
Las
personas nombradas a continuación, y todas las personas que aparecen después
en este cargo, son nombradas aquí tan sólo como ejemplo, no quedan excluidos
de otros casos concretos, y son nombrados sin perjuicio del derecho de la
acusación a presentar pruebas de otros casos de asesinato y maltrato de
civiles.
2.
En la URSS, es decir, en las Repúblicas Socialistas Soviéticas de
Bielorrusia, Ucrania, Estonia, Letonia, Lituania, Carelia-Finlandia y
Moldavia, en diecinueve regiones de la República Socialista Federada Rusa, y
en Polonia, Checoslovaquia, Yugoslavia, Grecia y los Balcanes (denominados a
partir de ahora "los países del Este").
Desde
el 1 de Septiembre de 1.939, cuando las fuerzas armadas alemanas invadieron
Polonia, y desde el 22 de Junio de 1.941, cuando invadieron la URSS, el
Gobierno Alemán y el Alto Mando Alemán adoptaron una política sistemática
de asesinato y maltrato de la población civil de y en los países del Este, a
medida que eran sucesivamente ocupados por las fuerzas armadas alemanas. Estos
asesinatos y maltratos se llevaron a cabo continuamente hasta que las fuerzas
armadas alemanas fueron expulsadas de dichos países.
Estos
asesinatos y maltratos incluyeron:
Asesinatos
y maltratos en campos de concentración e instalaciones similares creadas por
los alemanes en los países del Este y en Alemania Oriental, incluyendo los de
Maidanek y Auschwitz.
Los
mencionados asesinatos y maltratos se llevaron a cabo por diversos medios,
incluyendo los expuestos anteriormente, de esta forma:
Se
exterminó a alrededor de 1.500.000 personas en Maidanek y a unos 4.000.000 de
personas en Auschwitz, entre las que se encontraban ciudadanos de Polonia, la
URSS, los Estados Unidos de América, Gran Bretaña, Checoslovaquia, Francia y
otros países.
En
la región de Lvov y la ciudad de Lvov los alemanes exterminaron a unos
700.000 soviéticos, incluidas setenta personas vinculadas a los campos de las
artes, la ciencia y la tecnología, así como a ciudadanos de Estados Unidos,
Gran Bretaña, Checoslovaquia, Yugoslavia y Holanda, traídos a esta región
desde otros campos de concentración.
Entre
el 7 de Septiembre de 1.941 y el 6 de Julio de 1.943 se torturó y fusiló en
el gheto judío a unas 133.000 personas.
Hubo
fusilamientos masivos de población en los suburbios de la ciudad y en el
bosque de Livenitz.
En
el campo de Ganov se exterminó a 200.000 ciudadanos. Se emplearon los métodos
más refinados de crueldad en este exterminio, como el destripamiento, o matar
de frío a seres humanos en cubas de agua. Se realizaron fusilamientos masivos
con el acompañamiento de la música de una orquesta formada por internos.
A
partir de Junio de 1.943, los alemanes tomaron medidas para ocultar las
pruebas de sus crímenes. Exhumaron e incineraron cadáveres, y aplastaron los
huesos con máquinas y los usaron de abono.
A
comienzos de 1.944, en la región de Ozarichi, en la República Socialista
Soviética de Bielorrusia, antes de su liberación por el Ejército Rojo, los
alemanes crearon tres campos de concentración sin alojamiento, donde
encerraron a decenas de miles de personas de los territorios vecinos. Trajeron
intencionadamente a estos campos a muchas personas que venían de hospitales
de tifus, con el fin de infectar a las otras personas internadas y propagar la
enfermedad en territorios de los que los alemanes estaban siendo expulsados
por el Ejército Rojo. En estos campos hubo muchos asesinatos y crímenes.
En
la República Socialista Soviética de Estonia, fusilaron a decenas de miles
de personas, y en un solo día, el 19 de Septiembre de 1.944, en el campo de
Kloga, los alemanes fusilaron a 2.000 pacíficos ciudadanos. Quemaron los
cuerpos en hogueras.
En
la República Socialista Soviética de Lituania hubo asesinatos masivos de
ciudadanos soviéticos, principalmente en Panerai, al menos 100.000; en
Kaunas, más de 70.000; en Alitus, unos 60.000; en Prenai, más de 3.000; en
Villiampol, unos 8.000; en Mariampol, unos 7.000; en Trakai y ciudades
vecinas, 37.640.
En
la República Socialista Soviética de Letonia, se asesinó a 577.000
personas.
Como
resultado del sistema completo de orden interno mantenido en todos los campos,
las personas internas estaban condenadas a morir.
En
una orden secreta titulada "el régimen interno en los campos de
concentración", firmada personalmente por Himmler en 1.941, se establecían
medidas severas de castigo para los internos. Se fusiló masivamente a
prisioneros de guerra, o murieron por el frío y las torturas.
Asesinatos
y maltratos ocurridos en los países del Este y en la Unión Soviética, en
lugares distintos a los campos mencionados en (a), en fechas diversas durante
la ocupación de las fuerzas armadas alemanas:
En
la región de Smolensk se destruyó a unos 135.000 ciudadanos soviéticos.
Cerca
del pueblo de Kholmetz, de la región de Sychev, cuando se ordenó a las
autoridades militares eliminar las minas de una zona, por orden del Comandante
de la División 101 de Infantería alemana, el General de División Fizler,
los soldados alemanes reunieron a los habitantes de Kholmetz y les obligaron a
quitar las minas de la carretera. Todas estas personas perdieron la vida por
la explosión de las minas.
En
la región de Leningrado, se fusiló y torturó a unas 172.000 personas,
incluidas 20.000 que murieron en la ciudad de Leningrado por los bárbaros
bombardeos artilleros y aéreos.
En
la región de Stavropol, en una trinchera antitanque cercana a la estación de
Mineralny Vody, y en otras ciudades, se exterminó a decenas de miles de
personas.
En
Pyatigorsk se sometió a muchas personas a torturas y tratos criminales,
incluido el colgarlos del techo y otros métodos. Muchas de las víctimas de
estas torturas eran fusiladas después.
En
Krasnodar se asesinó a unos 6.000 civiles con gas tóxico en furgones de
gaseamiento, o fueron torturados y fusilados.
En
la región de Stalingrado se asesinó y torturó a más de 40.000 personas.
Después que los alemanes fueran expulsados de Stalingrado, se encontró más
de un millar de cuerpos mutilados de habitantes de la localidad con marcas de
tortura. Ciento treinta y nueve mujeres tenían sus brazos dolorosamente
doblados hacia atrás y atados con cables. A algunas les habían cortado los
pechos, y se les habían amputado las orejas y los dedos de manos y pies. Los
cuerpos tenían marcas de quemaduras. En los cuerpos de los hombres, se había
marcado con un hierro candente la estrella de cinco puntas, o se había
cortado con un cuchillo. Algunos habían sido destripados.
En
Orel se asesinó a unas 5.000 personas.
En
Novgorod y su región, se asesinó a miles de ciudadanos soviéticos por medio
de fusilamientos, hambre y torturas. En Minsk, se asesinó de forma similar a
decenas de miles de ciudadanos.
En
Crimea, se metía a ciudadanos pacíficos en barcazas, se les llevaba al mar y
se les ahogaba. Unas 144.000 personas fueron exterminadas de esta forma.
En
la República Socialista Soviética de Ucrania los conspiradores nazis
cometieron monstruosos actos criminales. En Babi Yar, cerca de Kiev, fusilaron
a unos 100.000 hombres, mujeres, niños y ancianos. En esta ciudad, en Enero
de 1.941, tras la explosión en el cuartel general alemán de la calle
Dzerzhinsky, los alemanes arrestaron como rehenes a 1.250 personas: ancianos,
menores y mujeres con niños pequeños. En Kiev, asesinaron a unas 195.000
personas.
En
Rovno y su región asesinaron y torturaron a unos 100.000 ciudadanos pacíficos.
En
Dnepropetrovsk, cerca del Instituto de Transporte, fusilaron o arrojaron vivos
a una gran fosa a 11.000 mujeres, ancianos y niños.
En
la región de Kamenetz-Podolsk se fusiló y exterminó a 31.000 judíos,
incluidas 13.000 personas traídas de Hungría.
En
la región de Odessa se asesinó a al menos 200.000 ciudadanos soviéticos.
En
Kharkov, se torturó hasta la muerte, se fusiló o se gaseó en furgones de
gaseamiento a unas 195.000 personas.
En
Gomel, los alemanes agruparon a la población en la prisión, les torturaron y
atormentaron, y les llevaron al centro de la ciudad, donde los fusilaron en público.
En
la ciudad de Lyda, en la región de Grodnen, el 8 de Mayo de 1.942, 5.670
personas fueron desnudadas, conducidas a fosas en grupos de 100 y fusiladas
con ametralladoras. Muchas fueron arrojadas a las fosas aún vivas.
Al
igual que a los adultos, los conspiradores nazis destruyeron sin piedad
incluso a niños. Los asesinaban junto a sus padres, en grupos o solos. Los
asesinaban en hogares de infancia y hospitales, enterrándolos vivos en las
tumbas, arrojándolos a las llamas, acuchillándoles con bayonetas, envenenándoles,
realizando experimentos con ellos, sacándoles sangre para que la usara el Ejército
Alemán, y encerrándolos en prisiones, cámaras de tortura de la Gestapo y
campos de concentración, donde los niños morían de hambre, torturas y
epidemias.
Del
6 de Septiembre al 24 de Noviembre de 1.942, en la región de Brest, Pinsk,
Kobryn, Dyvina, Maloryta y Bereza-Kartuzka, unos 400 niños fueron fusilados
por unidades de castigo alemanas.
En
el campo de Yanov, en la ciudad de Lvov, los alemanes asesinaron a 8.000 niños
en dos meses.
En
el sanatorio de Tiberda, los alemanes aniquilaron a 500 niños que sufrían
tuberculosis ósea y que estaban en el sanatorio para curarse.
En
el territorio de la República Socialista Soviética de Letonia, los
usurpadores alemanes asesinaron a miles de niños, a los que habían traído
junto con sus padres de la República Socialista Soviética de Bielorrusia, y
de Kalinin, Kaluga y otras regiones de la República Socialista Federativa
Soviética de Rusia.
En
Checoslovaquia, como resultado de torturas, golpes, ahorcamientos y
fusilamientos, se aniquiló en prisiones de la Gestapo en Brno, Seim y otros
lugares a unas 20.000 personas. Además, varios miles de internos se vieron
sometidos a trato criminal, golpes y torturas.
Tanto
antes de la guerra como durante ésta, miles de patriotas checos, en
particular católicos y protestantes, abogados, doctores, profesores, etc.
fueron tomados como rehenes y encarcelados. Los alemanes asesinaron a un gran
número de estos rehenes.
En
Grecia, en Octubre de 1.941, la población masculina de 16 a 60 años de los
pueblos griegos de Amelofito, Kliston, Kizonia Mesevunos, Selli, Ano-Kerzillon
y Kato-Kerzilion fue fusilada, totalizando 416 personas.
En
Yugoslavia se asesinó a miles de civiles. Se ofrecen otros ejemplos en el párrafo
(D), "Asesinato de rehenes".
EL
PRESIDENTE: El párrafo (B) de la página 16 fue leído por el Fiscal Jefe de
la República Francesa.
Omitió
el párrafo 2 de la página 17. Le recomiendo entonces que vaya al párrafo 2
de la página 17.
CAPITÁN
KUCHIN:
2.
En los países del Este
Las
autoridades alemanas de ocupación deportaron de la Unión Soviética para
esclavizarlos a unos 4.978.000 ciudadanos soviéticos.
Se
llevó a 750.000 ciudadanos checoslovacos fuera de las fronteras checoslovacas
para realizar trabajos forzados al interior de la maquinaria de guerra
alemana.
El
4 de Junio de 1.941, en la ciudad de Zagreb (Yugoslavia), se convocó un
encuentro de representantes alemanes con la presidencia del Canciller Von
Troll. El fin era definir los medios de deportación de la población
yugoslava de Eslovenia. Se deportó a decenas de miles de personas al llevar a
cabo este plan.
(C)
ASESINATO Y MALTRATO DE PRISIONEROS DE GUERRA
EL
PRESIDENTE: ¿Puede leer el párrafo 2 de la página 18?
CAPITÁN
KUCHIN:
2.
En los países del Este
En
Orel, se exterminó a prisioneros de guerra por medio del hambre, el
fusilamiento, el frío y el envenenamiento.
Se
asesinó en masa a prisioneros de guerra soviéticos siguiendo órdenes del
Alto Mando y el Cuartel General de la SIPO y la SPD. Se torturó y asesinó a
decenas de miles de prisioneros de guerra soviéticos en Slavuta.
Además,
miles de las personas mencionadas en el párrafo VIII (A)2 anterior eran
prisioneros de guerra soviéticos.
Los
prisioneros de guerra que escapaban y volvían a ser capturados eran
entregados a la SIPO y la SD para ser fusilados.
Varios
franceses que luchaban en el ejército soviético fueron capturados y
entregados al Gobierno de Vichy para "procesarlos".
En
Marzo de 1.944, cincuenta oficiales de la R.A.F. que escaparon del Stalag Luft
III en Sagan fueron asesinados al capturarlos.
En
Septiembre de 1.941, 11.000 oficiales polacos que eran prisioneros de guerra
fueron asesinados en el Bosque de Katyn, cerca de Smolensk.
En
Yugoslavia, el Mando Alemán y las autoridades de ocupación, representadas
por los oficiales en jefe de la Policía, las tropas de las SS (Teniente
General de la Policía Rosener) y del Mando de Grupo Divisional (General
Kubler y otros), ordenaron el fusilamiento de prisioneros de guerra entre
1.941 y 1.943.
EL
PRESIDENTE: Ahora, el párrafo 2 de (D).
TENIENTE
CORONEL J. A. OZOL (continuando la lectura de la acusación):
2.
En los países del Este
En
Kragnevatz, Yugoslavia, se fusiló a 2.300 rehenes en Octubre de 1.941.
En
Kraljevo, en Yugoslavia, se fusiló a 5.000 personas.
EL
PRESIDENTE: ¿Puede continuar ahora con (E), párrafo 2, página 21?
TENIENTE
CORONEL OZOL: 2. Países del Este
Durante
la ocupación de los países del Este, el Gobierno Alemán y el Alto Mando
Alemán llevaron a cabo, como política sistemática, una continua destrucción
y saqueo, incluyendo:
En
el territorio de la Unión Soviética, los conspiradores nazis destruyeron o
dañaron gravemente 1710 ciudades y más de 70.000 pueblos y aldeas, además
de 6,000.000 de edificios, dejando sin hogar a unos 25,000.000 de personas.
Entre
las ciudades que sufrieron una mayor destrucción se encuentran Stalingrado,
Sevastopol, Kiev, Minsk, Odessa, Smolensk, Novgorod, Pskov, Orel, Kharkov,
Voronezh, Rostov del Don, Stalino y Leningrado.
Como
se deduce de un informe oficial del Mando Alemán, los conspiradores nazis
planearon la aniquilación completa de ciudades soviéticas. En una orden
completamente secreta del Jefe del Mando Naval (Orden 1A nº 1601/41, con
fecha del 29-11-1.941), dirigido sólo a oficiales al mando, se decía:
"El
Fuhrer ha decidido hacer desaparecer San Petersburgo de la faz de la Tierra.
La existencia de esta gran ciudad no tendrá ningún interés después de que
destruya la Rusia soviética.
Finlandia
ha dicho también que no desea la existencia de esta ciudad en su nueva
frontera. El Comandante Supremo de las Fuerzas Militares conoce la petición
original de la Armada indicando que los muelles, el puerto, etc. son
necesarios para conservar la flota, pero los principios básicos de las
operaciones que se llevarán a cabo contra San Petersburgo no hacen posible
satisfacer esta petición.
Se
propone aproximarse a la ciudad y destruirla con la ayuda de barridos de
artillería con armas de distintos calibres y ataques áereos...
El
problema de las vidas de la población y su avituallamiento en un problema que
no puede y no debe ser resuelto por nosotros.
En
esta guerra... no nos interesa conservar ni una parte de la población de esta
gran ciudad".
Los
alemanes destruyeron 427 museos, entre ellos los valiosos museos de Leningrado,
Smolensk, Stalingrado, Novgorod, Poltava y otras ciudades.
En
Pyatigorsk, se robaron los objetos artísticos llevados allí desde el museo
de Rostov.
Las
pérdidas sufridas por la minería del carbón tan sólo en la región de
Stalin ascienden a 2.000.000.000 de rublos. Hubo una destrucción colosal de
instalaciones industriales en Malerevka, Carlovka, Yeliakievo, Monstantinovka
y Kariupol, de donde se llevaron la mayor parte de la maquinaria y las fábricas.
En
Kiev tuvo lugar el robo en grandes dimensiones y la destrucción de propiedad
industrial, cultural y de otros tipos. Se robaron más de 4,000.000 de libros,
revistas y manuscritos (muchos de los cuales eran muy valiosos e incluso únicos)
y un gran número de producciones artísticas y diversos objetos de valor.
Se
sustrajeron muchos objetos artísticos valiosos de Riga.
La
extensión del saqueo de valores culturales se evidencia por el hecho de que,
por ejemplo, el personal de Rosenberg por sí solo se llevó 100.000 volúmenes
valiosos y setenta maletas de periódicos antiguos y monografías valiosas.
Como
ejemplos adicionales de estos delitos se puede mencionar:
Devastación
deliberada de la ciudad de Novgorod y de muchos de sus monumentos históricos
y artísticos. Devastación deliberada y saqueo de la ciudad de Rovno y de su
provincia. Destrucción de propiedades industriales, culturales y de otros
tipos en Odessa. Destrucción de ciudades y pueblos en la Carelia soviética.
Destrucción en Estonia de edificios culturales, industriales y de otros
tipos.
Destrucción
de institutos médicos y de prevención, destrucción de agricultura e
industria en Lituania, destrucción de ciudades en Letonia.
Los
alemanes dañaron monumentos culturales queridos por el pueblo soviético con
especial odio. Rompieron la estatua del poeta Pushkin en Mikhailova-koye,
profanaron su tumba y destruyeron los pueblos vecinos y el monasterio de
Svyatogor.
Destruyeron
la propiedad y el museo de León Tolstoi, "Yasnaya Polyana", y
profanaron la tumba del gran escritor. Destruyeron en Klin el museo de
Tchaikovsky y en Penaty el museo del pintor Repin y otros muchos.
Los
conspiradores nazis destruyeron 1.670 iglesias ortodoxas, 237 católicas, 67
capillas, 532 sinagogas, etc.
También
rompieron, profanaron y destruyeron sin sentido los monumentos más valiosos
de la Iglesia Cristiana, como Kievo-Pecherskaya Lavra, Novy Jerusalem, en la
región de Istrin, y los monasterios e iglesias más antiguos.
Destrucción
en Estonia de instalaciones culturales, industriales y de otros tipos; quema
de muchos miles de edificios residenciales; robo de 10.000 obras de arte;
destrucción de instituciones médicas y de prevención. Saqueo y traslado a
Alemania de inmensas cantidades de bienes agrícolas y ganaderos, incluidos
caballos, vacas, cerdos, pollos, colmenas y maquinaria agrícola de toda
clase.
Destrucción
de agricultura, esclavización de campesinos y destrucción de ganado y
productos en Lituania.
En
la República de Letonia, destrucción de la agricultura por el saqueo de todo
el ganado, maquinaria y productos.
Robo
por parte del Cuartel General de Rosenberg de 100.000 volúmenes valiosos y
setenta maletas de periódicos antiguos y monografías valiosas; destrucción
deliberada de bibliotecas y otros edificios culturales; destrucción de la
agricultura de la República de Letonia por medio del saqueo de todo el
ganado, maquinaria y productos.
El
resultado de esta política de saqueo y destrucción fue dejar devastada la
tierra y causar una total desolación.
El
valor total de las pérdidas materiales sufridas por la URSS asciende a
679.000.000.000 de rublos, según precios del Estado de 1.941.
Tras
la ocupación alemana de Checoslovaquia el 15 de Marzo de 1.939, los acusados
requisaron y robaron grandes cantidades de materiales no procesados, cobre,
latón, hierro, algodón y comida; hicieron que se llevara a Alemania gran
cantidad de material de líneas férreas, y muchos motores, vagones, barcos de
vapor y trolebuses; robaron en bibliotecas, laboratorios y museos de arte
libros, cuadros, objetos de arte, aparatos científicos y mobiliario; robaron
todas las reservas de oro y divisas de Checoslovaquia, incluidos 23.000
kilogramos de oro, de un valor nominal de 5,265.000 libras; adquirieron
fraudulentamente el control, para después saquearlos, de los bancos checos y
de muchas industrias checas; y por otros medios robaron, saquearon y se
apropiaron indebidamente de propiedad pública y privada de Checoslovaquia. La
suma total del expolio económico de Checoslovaquia perpetrado por los
acusados de 1.938 a 1.945 se estima en 200.000.000.000 de coronas
checoslovacas.
(G)
DESTRUCCIÓN DELIBERADA DE CIUDADES, PUEBLOS Y ALDEAS, Y DEVASTACIÓN NO
JUSTIFICADA POR LA NECESIDAD MILITAR
Los
acusados destruyeron intencionadamente ciudades...
EL
PRESIDENTE : ¿Puede pasar al párrafo 2 de (G)? Los franceses leyeron el
primer párrafo. ¿Puede pasar al párrafo 2 de (G)?
TENIENTE
CORONEL OZOL: He comenzado.
EL
PRESIDENTE: Creía que habíamos leído el párrafo 1. Podemos pasar al párrafo
2, donde dice "En los países del Este, los acusados llevaron a
cabo..."
TENIENTE
CORONEL OZOL: 2. Países del Este:
En
los países del Este, los acusados llevaron a cabo una política de destrucción
deliberada y devastación: algunos detalles sobre esto (sin perjuicio a la
presentación de pruebas de otros casos) se expusieron antes bajo el título
"Saqueo de Propiedad Pública y Privada".
En
Grecia, en 1.941, los pueblos de Amelofito, Kliston, Kizonia, Messovunos,
Selli, Ano-Kerzilion y Kato-Kerzilion fueron totalmente destruidos.
En
Yugoslavia , el 15 de Agosto de 1.941, el mando militar alemán anunció
oficialmente que el pueblo de Skela fue quemado hasta los cimientos y los
habitantes asesinados siguiendo órdenes del mando.
Siguiendo
órdenes del Comandante de Campo Hoersterberg, una expedición de castigo de
las tropas de las SS y la policía destruyó los pueblos de Machkovats y Kriva
Reka, en Serbia, asesinando a todos los habitantes.
El
General Fritz Neidbold (de la División 369 de Infantería) dio orden el 11 de
Septiembre de 1.944 de destruir los pueblos de Zagnlezde y Udora, ahorcando a
todos los hombres y llevándose a todas las mujeres y niños.
En
Checoslovaquia, los conspiradores nazis también realizaron la destrucción
sin sentido de lugares habitados. Lezaky y Lidice fueron incendiados
totalmente y se asesinó a los habitantes.
(H)
RECLUTAMIENTO DE TRABAJADORES CIVILES
En
los territorios ocupados los acusados reclutaron y forzaron a los habitantes a
trabajar, y solicitaron sus servicios.
EL
PRESIDENTE: creo que se ha leído el párrafo (H), el primer párrafo. Sólo
falta que lea el párrafo 2 de (H).
TENIENTE
CORONEL OZOL: 2. Países del Este:
Gran
número de los ciudadanos de la Unión Soviética y Checoslovaquia referidos
en el Tercer Cargo VIII (B) 2 fueron también reclutados para trabajos
forzados.
IX.
Responsabilidad individual, de grupos y de organizaciones por los
delitos expuestos en el Tercer
Cargo
Remitimos
al Apéndice A de esta Acusación para ver una exposición de la
responsabilidad individual de los acusados por los delitos expuestos en este
Tercer Cargo de la Acusación. Remitimos al Apéndice B de esta Acusación
para ver una exposición de la responsabilidad de los grupos y organizaciones,
denominados grupos y organizaciones criminales, por los delitos expuestos en
este Tercer Cargo de la Acusación.
CUARTO
CARGO- CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD (Estatuto, Artículo 6, en especial 6(c))
X.
Exposición del Delito
Todos
los acusados cometieron Crímenes contra la Humanidad durante varios años
anteriores al 8 de Mayo de 1.945, en Alemania y en todos los países y
territorios ocupados por las fuerzas armadas alemanas desde el 1 de Septiembre
de 1.939, además de en Austria, Checoslovaquia e Italia, y en alta mar.
Todos
los acusados, actuando conjuntamente con otras personas, prepararon y
ejecutaron un Plan Común o Conspiración para cometer Crímenes contra la
Humanidad según se definen en el Artículo 6(c) del Estatuto. Este plan
implicaba, entre otras cosas, el asesinato y persecución de todos los que
fueran, o de los que se sospechara que fueran, hostiles al Partido Nazi y de
todos los que se opusieran, o de los que se sospechara que se opusieran, al
plan común alegado en el Primer Cargo.
Los
mencionados Crímenes de Guerra fueron cometidos por los acusados y por otras
personas de cuyos actos son responsables los acusados (según el Artículo 6
del Estatuto), ya que esas otras personas, al cometer los Crímenes de Guerra,
ejecutaron sus actos siguiendo un Plan Común o Conspiración para cometer
esos Crímenes de Guerra, plan y conspiración cuya formulación y ejecución
fueron realizadas por todos los acusados como líderes, organizadores,
instigadores y cómplices.
Estos
métodos y crímenes constituyeron violaciones de convenciones
internacionales, de leyes penales internas y de los principios generales del código
penal de todas las naciones civilizadas, y se hicieron dentro de, y como parte
de, un patrón sistemático de conducta. Estos actos eran contrarios al Artículo
6 del Estatuto.
La
acusación considerará que los hechos expuestos en el Tercer Cargo también
constituyen Crímenes contra la Humanidad.
(A)
ASESINATO, EXTERMINIO, ESCLAVITUD, DEPORTACIÓN Y OTROS ACTOS INHUMANOS
COMETIDOS
CONTRA POBLACIÓN CIVIL ANTES DE Y DURANTE LA GUERRA
Con
los fines expuestos anteriormente, los acusados adoptaron una política de
persecución, represión y exterminio de todos los civiles de Alemania que
eran, o que se creía que eran, o que se creía que podían ser, hostiles al
Gobierno Nazi y al Plan Común o Conspiración descrito en el Primer Cargo.
Encarcelaron a esas personas sin proceso judicial, manteniéndoles en
"custodia protegida" y en campos de concentración, y los sometieron
a persecución, degradación, expolio, esclavitud, tortura y asesinato.
Se
crearon tribunales especiales para ejecutar la voluntad de los conspiradores;
se permitió a ramas o agencias favorecidas del Estado y el Partido operar
fuera incluso del ámbito de la ley nazificada, y aplastar todas las
tendencias y elementos que se consideraran "indeseables". Los
diversos campos de concentración incluían Buchenwald, que se creó en 1.933,
y Dachau, que se creó en 1.934. En estos y otros campos se hacía trabajar
como esclavos a los civiles y se les asesinaba y maltrataba por diversos
medios, incluidos los expuestos en el Tercer Cargo, y estos actos y políticas
continuaron y se extendieron a los países ocupados tras el 1 de Septiembre de
1.939 y hasta el 8 de Mayo de 1.945.
(B)
PERSECUCIÓN POLÍTICA, RACIAL Y RELIGIOSA EN EJECUCIÓN DE, Y EN
CONEXIÓN CON, EL PLAN
COMÚN DESCRITO EN EL PRIMER CARGO
Como
se dijo anteriormente, en ejecución de, y en conexión con, el plan común
mencionado en el Primer Cargo, se exterminó y persiguió a los oponentes del
Gobierno alemán. Estas persecuciones fueron dirigidas contra los judíos.
También se dirigieron contra personas cuyas creencias políticas o
aspiraciones espirituales se consideraban en conflicto con los objetivos de
los nazis.
Se
persiguió sistemáticamente a los judíos desde 1.933; se les privó de
libertad, se les arrojó a campos de concentración donde eran asesinados y
maltratados. Se confiscaron sus propiedades. Cientos de miles de judíos
fueron tratados así hasta el 1 de Septiembre de 1.939.
A
partir del 1 de Septiembre de 1.939 se redobló la persecución de los judíos;
millones de judíos de Alemania y los países occidentales ocupados fueron
enviados a los países del Este para ser exterminados.
Detalles,
sólo como ejemplo y sin perjuicio a la presentación de pruebas de otros
casos, son los siguientes:
Los
nazis asesinaron a entre otros, el Canciller Dollfuss, al socialdemócrata
Breitscheid y el comunista Thaelmann. Encarcelaron en campos de concentración
a numerosas personalidades políticas y religiosas, como por ejemplo al
Canciller Schuschnigg y al Pastor Nieimoller.
En
Noviembre de 1.938, por orden del Jefe de la Gestapo, hubo ataques antijudíos
por toda Alemania. Se destruyó propiedad judía, se arrestó a 30.000 judíos,
se les envió a campos de concentración y se confiscaron sus propiedades.
Con
respecto al párrafo VIII (A) anterior, millones de las personas mencionadas
allí como personas asesinadas y maltratadas eran judíos.
Otros
asesinatos masivos de judíos fueron los siguientes:
En
Kislovdosk, se obligó a todos los judíos a entregar sus propiedades; se
fusiló a 2.000 en una trinchera antitanque en Mineralniye Vodi; otros 4.300
judíos fueron fusilados en la misma trinchera.
60.000
judíos fueron fusilados en una isla del Dvina cerca de Riga.
20.000
judíos fueron fusilados en Lutsk.
32.000
judíos fueron fusilados en Sarny.
60.000
judíos fueron fusilados en Kiev y Dniepropetrovsk.
Miles
de judíos eran gaseados semanalmente mediante furgones de gaseamiento que se
averiaban por el exceso de uso.
A
medida que los alemanes se retiraban ante el avance del ejército soviético,
exterminaron a judíos para no permitir que fueran liberados. Se crearon
muchos campos de concentración y guetos en los que los judíos eran
encarcelados y torturados, mal alimentados, sometidos a atrocidades sin
piedad, y finalmente exterminados.
Unos
70.000 judíos fueron exterminados en Yugoslavia.
IX.
Responsabilidad individual, de grupos y de organizaciones por los delitos
expuestos en el Cuarto Cargo
Remitimos
al Apéndice A de esta Acusación para ver una exposición de la
responsabilidad individual de los acusados por los delitos expuestos en este
Cuarto Cargo de la Acusación. Remitimos al Apéndice B de esta Acusación
para ver una exposición de la responsabilidad de los grupos y organizaciones,
denominados grupos y organizaciones criminales, por los delitos expuestos en
este Cuarto Cargo de la Acusación.
Esta
Acusación se entrega al Tribunal en inglés, francés y ruso, teniendo todos
los textos igual autenticidad, y los cargos presentados contra los acusados
mencionados anteriormente son así presentados al Tribunal.
HARTLEY
SHAWCROSS
Representando
al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
ROBERT
H. JACKSON
Representando
a los Estados Unidos de América.
FRANÇOIS
DE MENTHON
Representando
a la República Francesa.
R.
RUDENKO
Representando
a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas.
Berlín,
6 de Octubre de 1.945
EL
PRESIDENTE: ¿Se ha designado a alguien para leer los apéndices?
SR.
ALDERMAN: Con la venia del Tribunal, leeré el Apéndice A y el Apéndice B, y
la delegación británica leerá el Apéndice C. Unas breves palabras para
explicar el Apéndice A. El Tribunal habrá observado que los acusados se
sientan en el banquillo en el mismo orden en el que se les nombra en la
acusación. Por un error mecánico no se les nombra en el Apéndice A
exactamente en el mismo orden. Creo que sería una gran dificultad para los
intérpretes o para mi colocarlos en el mismo orden, y si el Tribunal lo
permite, leeré el Apéndice A según está impreso.
APÉNDICE
A
EXPOSICIÓN
DE LA RESPONSABILIDAD INDIVIDUAL POR LOS CRÍMENES INDICADOS EN LOS CARGOS
PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO Y CUARTO
Las
alegaciones expuestas tras el nombre de cada acusado individual constituyen
cuestiones en las que la acusación se basará al establecer la
responsabilidad individual del acusado.
Goering:
El
acusado Goering fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, Líder
Supremo de las SA, General de las SS, miembro y Presidente del Reichstag,
Ministro del Interior de Prusia, Jefe de la Policía de Prusia y de la Policía
Secreta Estatal de Prusia, Jefe del Consejo de Estado de Prusia, Administrador
del Plan de Cuatro Años, Ministro del Aire del Reich, Comandante en Jefe de
la Fuerza Aérea, Presidente del Consejo de Ministros para la Defensa del
Reich, miembro del Consejo del Gabinete Secreto, jefe del Grupo Industrial
Hermann Goering, y Sucesor Designado de Hitler. El acusado Goering usó los
cargos mencionados, su influencia personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer
de tal forma que: promovió el acceso al poder de los conspiradores nazis y la
consolidación de su control de Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la
Acusación; promovió la preparación militar y económica para la guerra,
expuesta en el Primer Cargo de la Acusación; participó en la planificación
y preparación de los conspiradores nazis de Guerras de Agresión y Guerras en
Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los
Cargos Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó, dirigió y participó
en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la Acusación, y en
los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo de la Acusación,
incluida una amplia variedad de crímenes contra personas y propiedades.
Ribbentrop:
El
acusado Ribbentrop fue entre 1.932 y 1.945: miembro del partido nazi, miembro
del Reichstag nazi, Consejero del Fuhrer en política exterior, Embajador en
Londres, organizador y director del Dienststelle Ribbentrop, Ministro de
Exteriores del Reich, miembro del Consejo del Gabinete Secreto, miembro del
personal político del Fuhrer en su cuartel general, y General de las SS. El
acusado Ribbentrop usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su
conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió el acceso al
poder de los conspiradores nazis según se expone en el Primer Cargo de la
Acusación; promovió los preparativos para las Guerras de Agresión y las
Guerras en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías, según
se exponen en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación; de acuerdo con el
Principio de Liderazgo, ejecutó y asumió la responsabilidad de la ejecución
de los planes de política exterior de los conspiradores nazis expuestos en el
Primer Cargo de la Acusación; y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes
de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la Acusación y en los Crímenes
contra la Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo de la Acusación, incluyendo
más en concreto los crímenes contra personas y propiedades en territorios
ocupados.
Hess:
El
acusado Hess fue entre 1.921 y 1.941: miembro del Partido Nazi, Adjunto al
Fuhrer,
Ministro del Reich sin cartera, miembro del Reichstag, miembro del Consejo de
Ministros para la Defensa del Reich, miembro del Consejo del Gabinete Secreto,
Sucesor Designado del Fuhrer tras el acusado Goering, General de las SS y
General de las SA. El acusado Hess usó los cargos mencionados, su influencia
personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió
el acceso al poder de los conspiradores nazis y la consolidación de su
control de Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; promovió
la preparación militar, económica y psicológica para la guerra, expuesta en
el Primer Cargo de la Acusación; participó en la planificación y preparación
de Guerras de Agresión y Guerras en Violación de Tratados Internacionales,
Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación;
participó en la preparación y planificación de planes de política exterior
de los conspiradores nazis expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; y
autorizó, dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el
Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad
expuestos en el Cuarto Cargo de la Acusación, incluida una amplia variedad de
crímenes contra personas y propiedades.
Kaltenbrunner:
El
acusado Kaltenbrunner fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi,
General de las SS, miembro del Reichstag, General de la Policía, Secretario
de Estado para la Seguridad en Austria, estando a cargo de la Policía
austríaca,
Jefe de la Policía de Viena, Austria del Sur y Austria del Norte, Jefe de la
Oficina Central de Seguridad del Reich y Jefe de la Policía de Seguridad y el
Servicio de Seguridad. El acusado Kaltenbrunner usó los cargos mencionados,
su influencia personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma
que: promovió la consolidación del control sobre Austria adquirido por los
conspiradores nazis, expuesto en el Primer Cargo de la Acusación; y autorizó,
dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo
de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el
Cuarto Cargo de la Acusación, incluyendo en particular los Crímenes contra
la Humanidad relacionados con el sistema de campos de concentración.
Rosenberg:
El
acusado Rosenberg fue entre 1.920 y 1.945: miembro del Partido Nazi, miembro
nazi del Reichstag, Reichsleiter del Partido Nazi para Ideología y Política
Exterior, editor del periódico nazi Volkischer Beobachter y del NS
Monatshefte, jefe de la Oficina de Política Exterior del Partido Nazi,
Delegado Especial de todo la Formación Espiritual e Ideológica del Partido
Nazi, Ministro del Reich para los Territorios Ocupados del Este, organizador
del "Einsatzstab Rosenberg", General de las SS y General de las SA.
El acusado Rosenberg usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su
conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: desarrolló, diseminó y
explotó las técnicas doctrinales de los conspiradores nazis expuestas en el
Primer Cargo de la Acusación; promovió la preparación psicológica para la
guerra expuesta en el Primer Cargo de la Acusación; participó en la
planificación y preparación de Guerras de Agresión y Guerras en Violación
de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos
Primero y Segundo de la Acusación; participó en la preparación y
planificación de planes de política exterior de los conspiradores nazis
expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; y autorizó, dirigió y
participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la
Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el Cuarto
Cargo de la Acusación, incluida una amplia variedad de crímenes contra
personas y propiedades.
Frank:
El
acusado Frank fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, General de
las SS, miembro del Reichstag, Ministro del Reich sin cartera, Comisario del
Reich para la Coordinación de la Justicia, Presidente de la Cámara
Internacional de Leyes y Academia de Derecho Alemán, Jefe de la Administración
Civil de Lodz, Jefe Administrativo Supremo del distrito militar de Prusia
Occidental, Poznan, Odz y Cracovia, y Gobernador General de los territorios
ocupados polacos. El acusado Frank usó los cargos mencionados, su influencia
personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió
el acceso al poder de los conspiradores nazis y la consolidación de su
control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; y
autorizó, dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el
Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad
expuestos en el Cuarto Cargo de la Acusación, incluyendo en particular los Crímenes
de Guerra y Crímenes contra la Humanidad relacionados
con la administración de territorios ocupados.
Bormann:
El
acusado Bormann fue entre 1.925 y 1.945: miembro del Partido Nazi, miembro del
Reichstag, miembro del Personal del Mando Supremo de las SA, fundador y líder
del "Hilfskasse der NSDAP", Reichsleiter, Jefe de la Oficina de
Personal del Adjunto al Fuhrer, jefe del Tribunal del Partido, Secretario del
Fuhrer, miembro del Consejo de Ministros para la Defensa del Reich,
organizador y jefe del Volkssturm, General de las SS y General de las SA. El
acusado Bormann usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su
conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió el acceso al
poder de los conspiradores nazis y la consolidación de su control sobre
Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; promovió los
preparativos para la guerra expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; y
autorizó, dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el
Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad
expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo una amplia variedad de crímenes
contra personas y propiedades.
Frick:
El
acusado Frick fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, Reichsleiter,
General de las SS, miembro del Reichstag, Ministro de Interior del Reich,
Ministro de Interior de Prusia, Director del Reich de Elecciones,
Plenipotenciario General para la Administración del Reich, jefe de la Oficina
Central para la Reunificación de Austria y el Reich, Director de la Oficina
Central para la Incorporación de los Sudetes, Memel, Danzig, los territorios
del Este incorporados, Eupen, Malmedy y Moresnet, Director de la Oficina
Central para los Protectorados de Bohemia, Moravia, el Gobierno General,
Estiria del Sur, Carintia del Norte, Noruega, Alsacia, Lorena y todos los demás
territorios ocupados y Protector del Reich para Bohemia y Moravia. El acusado
Frick usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su conexión
estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió el acceso al poder de los
conspiradores nazis y la consolidación de su control sobre Alemania,
expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; participó en la planificación
y preparación de Guerras de Agresión y Guerras en Violación de Tratados
Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos Primero y
Segundo de la Acusación; y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes
de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes
contra la Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo una amplia
variedad de crímenes contra personas y propiedades en territorios ocupados.
Ley:
El
acusado Ley fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, Reichsleiter,
Director de la Organización del Partido Nazi, miembro del Reichstag, líder
del Frente de Trabajo Alemán, General de las SA y Coorganizador de la
Inspección Central para el Cuidado de Trabajadores Extranjeros. El acusado
Ley usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su conexión
estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió el acceso al poder de los
conspiradores nazis y la consolidación de su control sobre Alemania,
expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; promovió los preparativos para
la guerra expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; y autorizó, dirigió
y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la
Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el Cuarto
Cargo, incluyendo en particular los Crímenes de Guerra y Crímenes contra la
Humanidad relacionados con el abuso de seres humanos para el trabajo durante
el transcurso de las guerras de agresión.
Sauckel:
El
acusado Sauckel fue entre 1.921 y 1.945: miembro del Partido Nazi, Gauleiter,
y Reichsstatthalter de Turingia, miembro del Reichstag, Plenipotenciario
General para Empleo y Trabajo en el Plan de Cuatro Años, Coorganizador, junto
al acusado Ley, de la Inspección Central para el Cuidado de Trabajadores
Extranjeros, general de las SS y General de las SA. El acusado Sauckel usó
los cargos mencionados y su influencia personal de tal forma que: promovió el
acceso al poder de los conspiradores nazis expuesto en el Primer Cargo de la
Acusación; participó en la planificación económica de Guerras de Agresión
y Guerras en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías
expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó,
dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo
de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el
Cuarto Cargo, incluyendo en particular los Crímenes de Guerra y Crímenes
contra la Humanidad relacionados con forzar a los habitantes de países
ocupados a que trabajaran como esclavos en países ocupados y en Alemania.
Speer:
El
acusado Speer fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, Reichsleiter,
miembro del eichstag, Ministro de Armamento y Municiones del Reich, Jefe de la
Organización Todt, Plenipotenciario General para Armamentos en la Oficina del
Plan de Cuatro Años, y Presidente del Consejo de Armamentos. El acusado Speer
usó los cargos mencionados y su influencia personal de tal forma que:
participó en la planificación militar y económica y la preparación de los
conspiradores nazis de Guerras de Agresión y Guerras en Violación de
Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos
Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó, dirigió y participó en los
Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes
contra la Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo en particular el
abuso y explotación de seres humanos para trabajos forzados durante el
transcurso de guerras de agresión.
Funk:
El
acusado Funk fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, Consejero Económico
de Hitler, Adjunto Nacionalsocialista al Reichstag, Jefe de Prensa del
Gobierno del Reich, Secretario de Estado del Ministerio de Instrucción Pública
y Propaganda del Reich, Ministro de Economía del Reich, Ministro de Economía
de Prusia, Presidente del Reichsbank alemán, Plenipotenciario para Economía
y miembro del Consejo Ministerial para la Defensa del Reich. El acusado Funk
usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su conexión estrecha
con el Fuhrer de tal forma que: promovió el acceso al poder de los
conspiradores nazis y la consolidación de su control sobre Alemania,
expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; promovió los preparativos para
la guerra expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; participó en la
planificación militar y económica y la preparación de Guerras de Agresión
y Guerras en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías
expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó,
dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo
de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el
Cuarto Cargo, incluyendo una amplia variedad de crímenes contra personas y
propiedades en conexión con la explotación económica de territorios
ocupados.
Schacht:
El
acusado Schacht fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, miembro del
Reichstag, Ministro de Economía del Reich, Ministro del Reich sin cartera y
Presidente del Reichsbank alemán. El acusado Schacht usó los cargos
mencionados, su influencia personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de
tal forma que: promovió el acceso al poder de los conspiradores nazis y la
consolidación de su control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de
la Acusación; promovió los preparativos para la guerra expuestos en el
Primer Cargo de la Acusación; y participó en la planificación militar y
económica y la preparación de Guerras de Agresión y Guerras en Violación
de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos
Primero y Segundo de la Acusación.
Papen:
El
acusado Papen fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, miembro del
Reichstag, Canciller del Reich, Vicecanciller de Hitler, Plenipotenciario
especial para el Sarre, negociador del Concordato con el Vaticano, Embajador
en Viena y Embajador en Turquía. El acusado Papen usó los cargos
mencionados, su influencia personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de
tal forma que: promovió el acceso al poder de los conspiradores nazis y la
consolidación de su control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de
la Acusación; promovió los preparativos para la guerra expuestos en el
Primer Cargo de la Acusación; y participó en la planificación política y
la preparación de Guerras de Agresión y Guerras en Violación de Tratados
Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos Primero y
Segundo de la Acusación.
Krupp:
El
acusado Krupp fue entre 1.932 y 1.945: jefe de Friedrich Krupp A.G., miembro
del Consejo Económico General, Presidente de la Unión del Reich de Industria
Alemana, jefe del Grupo de Minería y Producción de Hierro y Metales del
Ministerio de Economía del Reich. El acusado Krupp usó los cargos
mencionados, su influencia personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de
tal forma que: promovió el acceso al poder de los conspiradores nazis y la
consolidación de su control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de
la Acusación; promovió los preparativos para la guerra expuestos en el
Primer Cargo de la Acusación; participó en la planificación militar y económica
y la preparación de los conspiradores nazis de Guerras de Agresión y Guerras
en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en
los Cargos Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó, dirigió y
participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la
Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el Cuarto
Cargo, incluyendo en particular el abuso y explotación de seres humanos para
trabajos forzados durante el transcurso de guerras de agresión.
Neurath:
El
acusado Neurath fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, General de
las SS, miembro del Reichstag, Ministro del Reich, Ministro de Exteriores del
Reich, Presidente del Consejo del Gabinete Secreto y Protector del Reich de
Bohemia y Moravia. El acusado Neurath usó los cargos mencionados, su
influencia personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que:
promovió el acceso al poder de los conspiradores nazis y la consolidación de
su control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la Acusación;
promovió los preparativos para la guerra expuestos en el Primer Cargo de la
Acusación; participó en la planificación política y la preparación de los
conspiradores nazis de Guerras de Agresión y Guerras en Violación de
Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos
Primero y Segundo de la Acusación; de acuerdo con el Principio de Liderazgo,
ejecutó y asumió la responsabilidad de la ejecución de los planes de política
exterior de los conspiradores nazis expuestos en el Primer Cargo de la Acusación;
y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el
Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad
expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo una amplia variedad de crímenes
contra personas y propiedades en territorios ocupados.
Schirach:
El
acusado Schirach fue entre 1.924 y 1.945: miembro del Partido Nazi, miembro
del Reichstag, Jefe de las Juventudes del Reich en el Personal del Mando
Supremo de las SA, Reichsleiter del Partido Nazi para la Educación de la
Juventud, Jefe de Juventudes del Reich Alemán, jefe de las Hitler Jugend,
Comisionado de Defensa del Reich y Reichstatthalter y Gauleiter de Viena. El
acusado Schirach usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su
conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió el acceso al
poder de los conspiradores nazis y la consolidación de su control sobre
Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; promovió los
preparativos psicológicos y educativos para la guerra y la militarización de
organizaciones dominadas por los nazis, expuestos en el Primer Cargo de la
Acusación; y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes contra la
Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo de la Acusación, incluyendo en
particular medidas antijudías.
Seyss-Inquart:
El
acusado Seyss-Inquart fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi,
General de las SS, Consejero de Estado de Austria, Ministro del Interior y
Seguridad de Austria, Canciller de Austria, miembro del Reichstag, miembro del
Gabinete del Reich, Ministro del Reich sin cartera, Jefe de la Administración
Civil del Sur de Polonia, Vicegobernador General de los territorios ocupados
polacos y Comisario del Reich de la Holanda ocupada. El acusado Seyss-Inquart
usó los cargos mencionados, y su influencia personal de tal forma que:
promovió la adquisición y la consolidación del control sobre Austria de los
conspiradores nazis expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; participó
en la planificación política y la preparación de los conspiradores nazis de
Guerras de Agresión y Guerras en Violación de Tratados Internacionales,
Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación;
y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el
Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad
expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo una gran variedad de crímenes contra
personas y propiedades.
Streicher:
El
acusado Streicher fue entre 1.932 y 1.945: miembro del Partido Nazi, miembro
del Reichstag, General de las SA, Gauleiter de Franconia y Editor en Jefe del
diario antisemita "Der Sturmer". El acusado Streicher usó los
cargos mencionados, su influencia personal y su conexión estrecha con el Fuhrer
de tal forma que: promovió el acceso al poder de los conspiradores nazis y la
consolidación de su control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de
la Acusación; y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes contra la
Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo en particular la incitación
a la persecución de los judíos expuesta en los Cargos Primero y Cuarto de la
Acusación.
Keitel:
El
acusado Keitel fue entre 1.938 y 1.945: Jefe del Alto Mando de las Fuerzas
Armadas Alemanas, miembro del Consejo del Gabinete Secreto, miembro del
Consejo de Ministros para la Defensa del Reich, y Mariscal de Campo. El
acusado Keitel usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su
conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió los preparativos
militares para la guerra expuestos en el Primer Cargo de la Acusación;
participó en la planificación política y la preparación de los
conspiradores nazis de Guerras de Agresión y Guerras en Violación de
Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos
Primero y Segundo de la Acusación; ejecutó y asumió la responsabilidad de
la ejecución de los planes de los conspiradores nazis sobre Guerras de Agresión
y Guerras en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías
expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación y autorizó, dirigió
y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la
Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el Cuarto
Cargo, incluyendo los Crímenes de Guerra y Crímenes contra la Humanidad
relacionados con el maltrato de prisioneros de guerra y población civil de
territorios ocupados.
Jodl:
El
acusado Jodl fue entre 1.932 y 1.945: Teniente Coronel del Departamento de
Operaciones del Ejército de la Wehrmacht, Coronel, Jefe del Departamento de
Operaciones de la OKW, Mayor-General y Jefe del Mando de la OKW y
Coronel-General. El acusado Jodl usó los cargos mencionados, su influencia
personal, y su conexión estrecha con el Fuhrer de tal forma que: promovió
el acceso al poder de los conspiradores nazis y la consolidación de su
control sobre Alemania, expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; promovió
los preparativos para la guerra expuestos en el Primer Cargo de la Acusación;
participó en la planificación militar y preparación de Guerras de Agresión
y Guerras en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías
expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó,
dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo
de la Acusación, y en los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el
Cuarto Cargo, incluyendo una amplia variedad de crímenes contra personas y
propiedades.
Raeder:
El
acusado Raeder fue entre 1.928 y 1.945: Comandante en Jefe de la Armada
alemana, Generaladmiral, Grossadmiral y Admiralspektor de la Armada alemana, y
miembro del Consejo del Gabinete Secreto. El acusado Raeder usó los cargos
mencionados y su influencia personal de tal forma que: participó en la
planificación política y preparación de Guerras de Agresión y Guerras en
Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los
Cargos Primero y Segundo de la Acusación; ejecutó, y asumió la
responsabilidad de la ejecución de los planes de los conspiradores nazis
referidos a Guerras de Agresión y Guerras en Violación de Tratados
Internacionales, Acuerdos y Garantías expuestas en los Cargos Primero y
Segundo de la Acusación ; y autorizó, dirigió y participó en los Crímenes
de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la Acusación, y en los Crímenes
contra la Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo en particular Crímenes
de Guerra producidos durante los combates en el mar.
Donitz:
El
acusado Donitz fue entre 1.932 y 1.945: Oficial al Mando de la Flotilla de
submarinos de Weddigen, Comandante en Jefe de la Armada alemana, Consejero de
Hitler y Sucesor de Hitler como jefe del Gobierno Alemán. El acusado Donitz
usó los cargos mencionados, su influencia personal, y su conexión estrecha
con el Fuhrer de tal forma que: promovió los preparativos para la guerra
expuestos en el Primer Cargo de la Acusación; participó en la planificación
militar y preparación de los conspiradores nazis de Guerras de Agresióny
Guerras en Violación de Tratados Internacionales, Acuerdos y Garantías
expuestas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación; y autorizó,
dirigió y participó en los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo
de la Acusación, en especial los crímenes contra personas y propiedades en
alta mar.
Fritzsche:
El
acusado Fritzsche fue entre 1.933 y 1.945: miembro del Partido Nazi; Editor en
jefe de la agencia oficial de noticias alemana, "Deutsche Nachrichten
Buro", Jefe del Servicio de Noticias por Radio y de la División de
Prensa Nacional del Ministerio de Propaganda del Reich, Ministerialdirektor
del Ministerio de Propaganda del Reich, Jefe de la División de Radio del
Departamento de Propaganda del Partido Nazi, y Plenipotenciario de la
Organización Política de la Radio de la Gran Alemania. El acusado Fritzsche
usó los cargos mencionados y su influencia personal de tal forma que: difundió
y explotó las doctrinas principales de los conspiradores nazis expuestas en
el Primer Cargo de la Acusación; y defendió, animó e incitó a la comisión
de los Crímenes de Guerra expuestos en el Tercer Cargo de la Acusación, y en
los Crímenes contra la Humanidad expuestos en el Cuarto Cargo, incluyendo en
particular medidas antijudías y la explotación sin piedad de territorios
ocupados.
APÉNDICE
B
EXPOSICIÓN
DE LA CRIMINALIDAD DE GRUPOS Y ORGANIZACIONES
Las
alegaciones expuestas a continuación, tras el nombre de cada Grupo u
Organización nombrados en la Acusación como Grupo u Organización que deberían
ser declarados criminales, constituyen cuestiones en las que la acusación se
basará, entre otras, para establecer la criminalidad del Grupo u Organización:
Die
Reichsregierung (Gabinete del Reich)
"Die
Reichsregierung (Gabinete del Reich)", nombrado en la Acusación, estaba
formado por personas que eran:
(I)
Miembros del gabinete ordinario tras el 30 de Enero de 1.933, la fecha en la
que Hitler se convirtió en Canciller de la República Alemana. El término
"gabinete ordinario", según se emplea aquí, se refiere a los
Ministros del Reich, es decir, los jefes de departamentos del gobierno
central; Ministros del Reich sin cartera; ministros de Estado actuando como
Ministros del Reich; y otros funcionarios con derecho a tomar parte en las
reuniones del gabinete.
(II)
Miembros del Ministerrat fur die Reichsverteldigung (Consejo de Ministros para
la Defensa del Reich).
(III)
Miembros del Gebeimer Kabinettsrat (Consejo del Gabinete Secreto).
Bajo
el mando del Fuhrer, estas personas, con las capacidades mencionadas y en
asociación como grupo, poseían y ejercían poderes y funciones legislativos,
ejecutivos, administrativos y políticos de muy alto nivel en el sistema del
gobierno alemán. Por tanto, tenían a cargo la responsabilidad de las políticas
adoptadas y hechas efectivas por el Gobierno, incluidas aquellas que incluían
e implicaban la comisión de crímenes referidos en los Cargos Primero,
Segundo, Tercero y Cuarto de la Acusación.
Das
Korps der Politischen Leiter der Nationalsozialistischen Deutschen
Arbeiterpartei (Cuerpos de Liderazgo del Partido Nazi)
"Das
Korps der Politischen Leiter der Nationalsozialistischen Deutschen
Arbeiterpartei (Cuerpos de Liderazgo del Partido Nazi )" referidos en la
Acusación estaban formados por personas que fueron en algún momento, según
la terminología común nazi, "Politische Leiter (Líderes Políticos)"
de cualquier grado o rango.
Los
Politischen Leiter eran los líderes de las diversas oficinas funcionales del
Partido (por ejemplo, el Reichsleitung o Directorio del Reich del Partido, y
el Gauleitung, o Directorio de los Gau del Partido), así como los líderes
territoriales del Partido (por ejemplo, los Gauleiter).
Los
Politischen Leiter eran un grupo distinguido de élite dentro del propio
Partido Nazi, y como tales, disponían de prerrogativas especiales. Estaban
organizados según el principio de liderazgo y estaban a cargo de la
planificación, desarrollo e imposición a sus seguidores de las políticas
del Partido Nazi. Así, los líderes territoriales eran denominados entre
ellos Hoheitstrager, o poseedores de soberanía, y podían convocar y utilizar
a las diversas formaciones del Partido cuando fuera necesario para la ejecución
de las políticas del Partido.
Remitimos
aquí a las alegaciones hechas en el Primer Cargo de la Acusación demostrando
que el Partido Nazi era el núcleo central del Plan Común o Conspiración
expuesto allí. Los Politischen Leiter, como un poder principal dentro del
propio Partido Nazi, y funcionando con las capacidades descritas anteriormente
y en asociación como grupo, se unieron en el Plan Común o Conspiración, y
por consiguiente, compartieron responsabilidad por los crímenes expuestos en
los Cargos Uno, Dos, Tres y Cuatro de la Acusación.
La
acusación se reserva expresamente el derecho a reclamar, en cualquier momento
antes de que se pronuncie la sentencia, que los Politische Leiter de grados o
rangos subordinados o de otros tipos o clases especificados por la acusación,
sean excluidos de procesos posteriores en este Caso nº 1, pero sin perjudicar
a otros procesos o acciones emprendidos contra ellos.
Die
Schutzstaffeln der Nationalsozialistischen Deutschen Arbeiterpartei (conocidas
comúnmente como las SS), incluyendo Der Sicherheitsdienst (conocida comúnmente
como la SD).
Die
Schutzstaffeln der Nationalsozialistischen Deutschen Arbeiterpartei (conocidas
comúnmente como las SS), incluyendo Der Sicherheitsdienst (conocida comúnmente
como la SD) y todas las oficinas, departamentos, servicios, agencias, ramas,
formaciones, organizaciones y grupos que los formaron en algún momento o
estuvieron incluidos en ellas en algún momento, incluyendo, pero sin
limitarse a, las Allgemeine SS, las Waffen SS, las SS Totenkopf Verbande, SS
Polizei Regimente y Der Sicherheitsdienst des Reichsfuhrers-SS (conocida comúnmente
como la SD).
Las
SS, creadas originalmente por Hitler en 1.925 como sección de élite de las
SA para crear una guardia de protección del Fuhrer y los líderes del
Partido Nazi, se convirtió en una formación independiente del Partido Nazi
en 1.934 bajo el liderazgo del Reichsfuhrer de las SS, Heinrich Himmler.
Estaba formado por miembros voluntarios, seleccionados de acuerdo con las teorías
biológicas, raciales y políticas nazis, completamente adoctrinados en la
ideología nazi y obligados a una obediencia incondicional al Fuhrer.
Tras
el acceso al poder de los conspiradores nazis, desarrolló muchos
departamentos, agencias, formaciones y ramas, y extendió su influencia y
control sobre numerosos campos de actividad gubernamental y del Partido. A
través de Heinrich Himmler, como Reichsfuhrer de las SS y Jefe de la Policía
Alemana, diversas agencias y unidades de las SS y el Reich se unieron para
formar una fuerza unificada represiva de policía. Der Sicherheitsdienst des
Reichsfuhrers-SS (la SD), un departamento de las SS, se convirtió en un
vasto sistema de espionaje y contrainteligencia que operaba junto a la Gestapo
y la policía criminal para detectar, suprimir y eliminar tendencias, grupos e
individuos considerados hostiles o potencialmente hostiles al Partido Nazi,
sus líderes, principios y objetivos, y en un momento dado se unió a la
Gestapo y la policía criminal formando un único departamento de policía de
seguridad, la Oficina de Seguridad Principal del Reich.
Otras
ramas de las SS constituyeron una fuerza armada y sirvieron en las guerras de
agresión indicadas en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación. A través
de otros departamentos y ramas, las SS controlaban la administración de los
campos de concentración y la ejecución de las políticas raciales, biológicas
y de reasentamiento de los nazis. Con sus numerosas funciones y actividades,
sirvió como instrumento para asegurar la dominación de la ideología nazi y
para proteger y extender el régimen nazi por Alemania y los territorios
ocupados. Participó así en, y es responsable de, los crímenes indicados en
los Cargos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de la Acusación.
Die
Geheime Staatspolizei (Polícia Secreta del Estado, conocida comúnmente como
Gestapo)
"Die
Geheime Staatspolizei ( Polícia Secreta del Estado, conocida comúnmente como
Gestapo)", nombrada en la Acusación, estaba formada por el cuartel
general, los departamentos, oficinas, ramas y todas las fuerzas y personal de
la Geheime Staatspolizei organizados o pertenecientes a ella en cualquier
momento tras el 30 de Enero de 1.933, incluyendo la Geheime Staatspolizei de
Prusia y fuerzas policiales secretas o políticas del Reich equivalentes y sus
componentes.
La
Gestapo fue creada por los conspiradores nazis inmediatamente después de su
acceso al poder, en primer lugar en Prusia por el acusado Goering, y poco después
en todos los demás estados del Reich.
Estas
fuerzas de policía secreta y política separadas se convirtieron en una
organización centralizada y uniforme que trabajaba a través de un cuartel
general central y de una red de oficinas regionales en Alemania y los
territorios ocupados. Sus funcionarios y agentes eran seleccionados en base a
una aceptación incondicional de la ideología nazi, procedían en gran parte
de las SS, y eran entrenados en escuelas de las SS y las SD. Se encargó de
suprimir y eliminar tendencias, grupos e individuos considerados hostiles o
potencialmente hostiles al Partido Nazi, sus líderes, principios y objetivos,
y de reprimir la resistencia y la resistencia potencial al control alemán de
los territorios ocupados. Al realizar estas funciones operaba libre de
controles legales, adoptando cualquier medida que considerara necesaria para
cumplir con su misión.
Por
sus fines, actividades y los medios empleados, participó en, y es responsable
de, los crímenes indicados en los Cargos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto
de la Acusación.
Die
Sturmabteilungen der Nationalsozialistischen Deutschen Arbeiterpartei
(conocidas comúnmente como las SA)
"Die
Sturmabteilungen der Nationalsozialistischen Deutschen Arbeiterpartei
(conocidas comúnmente como las SA)", nombradas en la Acusación, eran
una formación del Partido Nazi bajo la jurisdicción inmediata del Fuhrer,
organizadas militarmente y cuyos miembros eran voluntarios que servían como
soldados políticos del Partido. Fue una de las primeras formaciones del
Partido Nazi, y la guardia original del movimiento nacionalsocialista.
Fundadas en 1.921 como una formación voluntaria de militantes, fueron
desarrolladas por los conspiradores nazis antes de su acceso al poder para que
fueran un vasto ejército privado y las usaron con el fin de crear desorden y
aterrorizar y eliminar a oponentes políticos. Siguió sirviendo como
instrumento para la educación física, ideológica y militar de los miembros
del Partido y como reserva de las Fuerzas Armadas Alemanas. Tras el comienzo
de las guerras de agresión indicadas en los Cargos Primero y Segundo de la
Acusación, las SA no sólo funcionaron como una organización para el
entrenamiento militar, sino que también sirvieron como policía auxiliar y
fuerzas de seguridad en los territorios ocupados, vigilaron campos de
prisioneros de guerra y campos de concentración, y supervisaron y controlaron
a las personas que hacían trabajos forzados en Alemania y los territorios
ocupados.
Por
sus fines, actividades y los medios empleados, participó en, y es responsable
de, los crímenes indicados en los Cargos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto
de la Acusación.
Estado
Mayor y Alto Mando de las Fuerzas Armadas Alemanas
El
"Estado Mayor y Alto Mando de las Fuerzas Armadas Alemanas" nombrado
en la Acusación estaba formado por las personas que, entre Febrero de 1.938 y
Mayo de 1.945, fueron los comandantes supremos de la Wehrmacht, el Ejército,
la Armada y la Fuerza Aérea. Las personas incluidas en este grupo son las que
ocupaban los siguientes cargos:
Oberbefehlschaber
der Kriegsmarine (Comandante en Jefe de la Armada).
Chef
(y anteriormente, Chef des Stabes) der Seckriegsleitung (Jefe del Mando Naval
de Guerra).
Oberbefehlschaber
des Heeres (Comandante en Jefe del Ejército).
Chef
des Generalstabes des Heeres (Jefe del Estado Mayor del Ejército).
Oberbefehlschaber
der Luftwaffe (Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea).
Chef
des Generalstabes der Luftwaffe (Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea).
Chef
des Oberkommandos der Wehrmacht (Jefe del Alto Mando de las Fuerzas Armadas).
Chef
des Fuhrungstabes des Oberkommandos der Wehrmacht (Jefe del Mando de
Operaciones del Alto Mando de las Fuerzas Armadas).
Stellvertretender
Chef des Fuhrungstabes des Oberkommandos der Wehrmacht (Lugarteniente del Alto
Mando de las Fuerzas Armadas).
Comandantes
en jefe en el campo de batalla, con el rango de Oberbefehlschaber, de la
Wehrmacht, la Armada, el Ejército y la Fuerza Aérea.
Actuando
con estos poderes y asociados como grupo en el más alto nivel de las Fuerzas
Armadas Alemanas, estas personas tuvieron una responsabilidad central en la
planificación, preparación, iniciación y ejecución de guerras ilegales según
se detalla en los Cargos Primero y Segundo de la Acusación y en los Crímenes
de Guerra y Crímenes contra la Humanidad producto de la ejecución del Plan
Común o Conspiración definidos en los Cargos Tercero y Cuarto de la Acusación.
SIR
DAVID MAXWELL FYFE (continuando la lectura de la Acusación):
APÉNDICE
C
CARGOS
Y DETALLES DE VIOLACIONES DE TRATADOS INTERNACIONALES, ACUERDOS Y GARANTÍAS
PERPETRADOS POR LOS ACUSADOS DURANTE LA PLANIFICACIÓN, PREPARACIÓN E
INICIACIÓN DE GUERRAS
I
Cargo:
Violación de la Convención para la Resolución Pacífica de Disputas
Internacionales, firmada en La Haya el 29 de Julio de 1899.
Detalles:
Alemania, por la fuerza o las armas, en las fechas especificadas en la Columna
I, invadió los territorios soberanos especificados en la Columna 2
respectivamente, sin haber tratado primero de resolver sus disputas con dichos
territorios soberanos por medios pacíficos.
6
de Abril de 1.941 ............. Reino
de Grecia
6
de Abril de 1.941 ............. Reino
de Yugoslavia
II
Cargo:
Violación de la Convención para la Resolución Pacífica de Disputas
Internacionales, firmada en La Haya el 18 de Octubre de 1.907.
Detalles:
Alemania, por la fuerza o las armas, en, o alrededor de, las fechas
especificadas en la Columna I, invadió los territorios soberanos
especificados en la Columna 2 respectivamente, sin haber tratado primero de
resolver sus disputas con dichos territorios soberanos por medios pacíficos.
1
de Septiembre de 1.939 ............. República
de Polonia
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Noruega
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Dinamarca
10
de Mayo de 1.940 ............. Gran
Ducado de Luxemburgo
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Bélgica
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Holanda
22
de Junio de 1.941 ............. Unión
de Repúblicas Socialistas Soviéticas
III
Cargo:
Violación de la Convención de la Haya, Punto III, Relativo a la Apertura de
Hostilidades, firmada el 18 de Octubre de 1.907.
Detalles:
Alemania, en o alrededor de las fechas especificadas en la Columna 1, abrió
hostilidades contra los países especificados en la Columna 2,
respectivamente, sin previo aviso en la forma de una declaración de guerra
razonada o de un ultimátum con declaración condicional de guerra.
1
de Septiembre de 1.939 ............. República
de Polonia
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Noruega
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Dinamarca
10
de Mayo de 1.940 ............. Gran
Ducado de Luxemburgo
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Bélgica
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Holanda
22
de Junio de 1.941 ............. Unión
de Repúblicas Socialistas Soviéticas
IV
Cargo:
Violación de la Convención de la Haya, Punto V, Referido a los Derechos y
Deberes de Potencias y Personas Neutrales en Caso de Guerra Terrestre, firmada
el 18 de Octubre de 1.907.
Detalles:
Alemania, en o alrededor de las fechas especificadas en la Columna 1, por la
fuerza y con las armas de sus fuerzas armadas, cruzó, invadió y ocupó los
territorios soberanos especificados en la Columna 2, respectivamente, violando
así la neutralidad de dichos territorios soberanos.
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Noruega
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Dinamarca
10
de Mayo de 1.940 ............. Gran
Ducado de Luxemburgo
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Bélgica
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Holanda
22
de Junio de 1.941 ............. Unión
de Repúblicas Socialistas Soviéticas
V
Cargo:
Violación del Tratado de Paz entre los Aliados y las Potencias Asociadas y
Alemania, firmado en Versalles el 28 de Junio de 1.919, conocido como Tratado
de Versalles.
Detalles:
(1)
Alemania,
el, o alrededor del, 7 de Marzo de 1.936, mantuvo y reunió fuerzas armadas y
mantuvo y construyó fortificaciones militares en la zona desmilitarizada de
Renania en violación de lo indicado en los Artículos 42 a 44 del Tratado de
Versalles.
(2)
Alemania,
el, o alrededor del, 13 de Marzo de 1.938, anexionó Austria al Reich Alemán
en violación de lo indicado en el Artículo 80 del Tratado de Versalles.
(3)
Alemania,
el, o alrededor del, 22 de Marzo de 1.939, incorporó el distrito de Memel en
el Reich Alemán en violación de lo previsto en el Artículo 99 del Tratado
de Versalles.
(4)
Alemania,
el, o alrededor del, 1 de Septiembre de 1.939, incorporó la Ciudad Libre de
Danzig en el Reich Alemán en violación de lo previsto en el Artículo 100
del Tratado de Versalles.
(5)
Alemania,
el, o alrededor del, 16 de Marzo de 1.939, incorporó las provincias de
Bohemia y Moravia, antes parte de Checoslovaquia, en el Reich Alemán en
violación de lo previsto en el Artículo 81 del Tratado de Versalles.
(6)
Alemania, varias veces en Marzo de 1.935, y posteriormente, repudió diversas
secciones de la Parte V, Cláusulas Militares, Navales y Aéreas del Tratado
de Versalles, creando una fuerza aérea, recurriendo al servicio militar
obligatorio, incrementando el tamaño del ejército más allá de los límites
del tratado, y aumentando el tamaño de la Armada más allá de los límites
del tratado.
VI
Cargo:
Violación del Tratado entre Estados Unidos y Alemania Restableciendo
Relaciones Amistosas, firmado en Berlín el 25 de Agosto de 1.921.
Detalles:
Alemania, varias veces en Marzo de 1.935, y posteriormente, repudió diversas
secciones de la Parte V, Cláusulas Militares, Navales y Aéreas del Tratado
entre Estados Unidos y Alemania.
Restableciendo
Relaciones Amistosas, creando una fuerza aérea, recurriendo al servicio
militar obligatorio, incrementando el tamaño del ejército más allá de los
límites del tratado, y aumentando el tamaño de la Armada más allá de los límites
del tratado.
VII
Cargo:
Violación del Tratado de Garantías Mutuas entre Alemania, Bélgica, Francia,
Gran Bretaña e Italia, firmado en Lucerna el 16 de Octubre de 1.925.
Detalles:
(1)
Alemania, el, o alrededor del, 7 de Marzo de 1.936, envió ilegalmente fuerzas
armadas a la zona desmilitarizada de Renania de Alemania, en violación del
Artículo 1 del Tratado de Garantías Mutuas.
(2)
Alemania, el, o alrededor de Marzo de 1.936, y posteriormente, mantuvo
ilegalmente fuerzas armadas en la zona desmilitarizada de Renania de Alemania,
en violación del Artículo 1 del Tratado de Garantías Mutuas.
(3)
Alemania, el, o alrededor del 7 de Marzo de 1.936 y posteriormente,
construyó y mantuvo
ilegalmente fortificaciones en la zona desmilitarizada de Renania de Alemania,
en violación del Artículo 1
del Tratado de Garantías Mutuas.
(4)
Alemania,
el, o alrededor del 10 de Mayo de 1.940, atacó e invadió ilegalmente Bélgica,
en violación del Artículo 2 del Tratado de Garantías Mutuas.
(5)
Alemania,
el, o alrededor del 10 de Mayo de 1.940, atacó e invadió ilegalmente Bélgica,
sin tratar primero de resolver sus disputas con Bélgica por medios pacíficos,
en violación del Artículo 3 del Tratado de Garantías Mutuas.
VIII
Cargo:
Violación del Tratado de Arbitraje entre Alemania y Checoslovaquia, firmado
en Lucerna el 16 de Octubre de 1.925.
Detalles:
Alemania, el, o alrededor del, 15 de Marzo de 1.939, ilegalmente, bajo coacción
y amenazas de uso de fuerza militar, forzó a Checoslovaquia a poner el
destino de Checoslovaquia y sus habitantes en manos del Fuhrer y el Canciller
del Reich de Alemania, sin haber tratado de resolver su disputa con
Checoslovaquia por medios pacíficos.
IX
Cargo:
Violación del Convenio de Arbitraje entre Alemania y Bélgica, firmado en
Lucerna el 16 de Octubre de 1.925.
Detalles:
Alemania, el, o alrededor del, 10 de Mayo de 1.940, atacó e invadió
ilegalmente Bélgica sin tratar primero de resolver sus disputas con Bélgica
por medios pacíficos.
X
Cargo:
Violación
del Tratado de Arbitraje entre Alemania y Polonia, firmado en Lucerna el 16 de
Octubre de 1.925.
Detalles:
Alemania, el, o alrededor del, 1 de Septiembre de 1.939, atacó e invadió
ilegalmente Polonia sin tratar primero de resolver sus disputas con Polonia
por medios pacíficos.
XI
Cargo:
Violación del Convenio de Arbitraje y Conciliación entre Alemania y Holanda
del 20 de Mayo de 1.926.
Detallles:
Alemania, sin advertencia, y sin tener en cuenta su solemne compromiso por el
que resolvería por medios pacíficos todas las disputas de cualquier clase
que pudieran surgir entre Alemania y Holanda que no se pudieran resolver por
la diplomacia y que no fueran trasladadas por acuerdo mutuo al Tribunal
Permanente de Justicia Internacional, el, o alrededor del, 10 de Mayo de
1.940, con una fuerza militar, atacó, invadió y ocupó Holanda, violando así
su neutralidad e integridad territorial y destruyendo su independencia
soberana.
XII
Cargo:
Violación del Convenio de Arbitraje y Conciliación entre Alemania y
Dinamarca del 2 de Junio de 1.926.
Detallles:
Alemania, sin advertencia, y sin tener en cuenta su solemne compromiso por el
que resolvería por medios pacíficos todas las disputas de cualquier clase
que pudieran surgir entre Alemania y Dinamarca que no se pudieran resolver por
la diplomacia y que no fueran trasladadas por acuerdo mutuo al Tribunal
Permanente de Justicia Internacional, el, o alrededor del, 9 de Abril de
1.940, con una fuerza militar, atacó, invadió y ocupó Dinamarca, violando
así su neutralidad e integridad territorial y destruyendo su independencia
soberana.
XIII
Cargo:
Violación del Tratado entre Alemania y otras Potencias estableciendo la
Renuncia a la Guerra como Instrumento de la Política Nacional, firmado en París
el 27 de Agosto de 1.928, conocido como Pacto Kellog-Briand.
Detalles:
Alemania, el, o alrededor de las fechas especificada en la Columna 1, con una
fuerza militar, atacó los territorios soberanos especificados en la Columna
2, respectivamente, y recurrió a la guerra contra dichos territorios
soberanos, en violación de su solemne declaración condenando el recurrir a
la guerra para solucionar controversias internacionales, su solemne renuncia a
la guerra como instrumento de la política nacional en su relación con dichas
soberanías, y su solemne compromiso por el que la resolución de todas las
disputas y conflictos de cualquier clase u origen que pudieran surgir entre
Alemania y dichos territorios soberanos jamás se tratarían de resolver por
medios que no fueran pacíficos.
1
de Septiembre de 1.939 ............. República de Polonia
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Noruega
9
de Abril de 1.940 ............. Reino
de Dinamarca
10
de Mayo de 1.940 ............. Gran
Ducado de Luxemburgo
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Bélgica
10
de Mayo de 1.940 ............. Reino
de Holanda
6
de Abril de 1.941 ............. Reino
de Grecia
6
de Abril de 1.941 ............. Reino
de Yugoslavia
22
de Junio de 1.941 ............. Unión
de Repúblicas Socialistas Soviéticas
2
de Diciembre de 1.941 ............. Estados
Unidos de América
XIV
Cargo:
Violación del Convenio de Arbitraje y Conciliación entre Alemania y
Luxemburgo del 11 de Septiembre de 1.929.
Detalles:
Alemania, sin advertencia, y sin tener en cuenta su solemne compromiso por el
que resolvería por medios pacíficos todas las disputas de cualquier clase
que pudieran surgir entre Alemania y Luxemburgo que no se pudieran resolver
por la diplomacia, el, o alrededor del, 10 de Mayo de 1.940, con una fuerza
militar, atacó, invadió y ocupó Luxemburgo, violando así su neutralidad e
integridad territorial y destruyendo su independencia soberana.
XV
Cargo:
Violación de la Declaración de No Agresión firmada entre Alemania y Polonia
el 26 de Enero de 1.934.
Detalles:
Alemania, procediendo a la aplicación de la fuerza con el fin de llegar a una
decisión, el, o alrededor del, 13 de Septiembre de 1.939, en diversos puntos
a lo largo de la frontera germano-polaca, empleó fuerzas militares para
atacar, invadir y cometer otros actos de agresión contra Polonia.
XVI
Cargo:
Violación de la Garantía dada por Alemania el 21 de Mayo de 1.935, de que la
Inviolabilidad e Integridad del Estado Federal de Austria sería Reconocida.
Detalles:
Alemania, el, o alrededor del, 12 de Marzo de 1.938, en diversos puntos y
lugares a lo largo de la frontera germano-austriaca, con una fuerza militar y
violando su solemne declaración y garantía, invadió y anexionó a Alemania
el territorio del Estado Federal de Austria.
XVII
Cargo:
Violación del Acuerdo Austro-Alemán del 11 de Julio de 1.936.
Detalles:
Alemania, durante el periodo que va del 11 de Febrero de 1.938 al 13 de Marzo
de 1.938, a través de coacciones y varios actos agresivos, incluido el uso de
fuerza militar, provocó que el Estado Federal de Austria entregara su soberanía
al Estado Alemán en violación del acuerdo por el que Alemania reconocía la
total soberanía del Estado Federal de Austria.
XVIII
Cargo:
Violación de las Garantías dadas por Alemania el 30 de Enero de 1.937, el 28
de Abril de 1.939, el 26
de Agosto de 1.939 y el 6 de Octubre de 1.939, de que se Respetaría la
Neutralidad e Inviolabilidad Territorial de Holanda.
Detalles:
Alemania, sin advertencia, y sin recurrir a medios pacíficos para resolver
cualquier diferencia, el, o alrededor del, 10 de Mayo de 1.940, con una fuerza
militar y en violación de sus solemnes garantías, invadió, ocupó y trató
de subyugar el territorio soberano de Holanda.
XIX
Cargo:
Violación de las Garantías dadas por Alemania el 30 de Enero de 1.937, el 28
de Abril de 1.939, el 26
de Agosto de 1.939 y el 6 de Octubre de 1.939, de que se Respetaría la
Neutralidad e Inviolabilidad Territorial de Bélgica.
Detalles:
Alemania, sin advertencia, el, o alrededor del, 10 de Mayo de 1.940, con una
fuerza militar y en violación de sus solemnes garantías y declaraciones,
invadió, ocupó y trató de subyugar el territorio soberano de Bélgica.
XX
Cargo:
Violación de las Garantías dadas el 11 de Marzo de 1.938 y el 26 de
Septiembre de 1.938 a Checoslovaquia.
Detalles:
Alemania, el, o alrededor del 15 de Marzo de 1.939, al establecer un
Protectorado en Bohemia y Moravia bajo coacción y con la amenaza del uso de
la fuerza, violó la garantía dada el 11 de Marzo de 1.938 de que respetaría
la integridad territorial de la República Checoslovaca y la garantía dada el
26 de Septiembre de 1.938 de que, si se cedían los llamados territorios de
los Sudetes a Alemania, ésta no haría nuevas reclamaciones territoriales a
Checoslovaquia.
XXI
Cargo:
Violación de los Acuerdos de Munich, y sus Anexos, del 29 de Septiembre de
1.938.
Detalles:
(1)
Alemania,
el, o alrededor del 15 de Marzo de 1.939, por coacciones y con la amenaza de
la intervención militar, forzó a la República de Checoslovaquia a poner el
destino del pueblo checo y del país en manos del Fuhrer del Reich Alemán.
(2)
Alemania
rehusó y no se adhirió a una garantía internacional de las nuevas fronteras
del Estado Checoslovaco según se indicaba en el Anexo nº 1 de los Acuerdos
de Munich.
XXII
Cargo:
Violación de las Solemnes Garantías dadas por Alemania el 3 de Septiembre de
1.938, el 28 de Abril de 1.939, y el 6 de Octubre de 1.939, de que no se
Violaría la Independencia o Soberanía del Reino de Noruega.
Detalles:
Alemania, sin advertencia, el, o alrededor del 9 de Abril de 1.940, con sus
fuerzas militares y navales, atacó, invadió y cometió otros actos de agresión
contra el Reino de Noruega.
XXIII
Cargo:
Violación de las Garantías dadas por Alemania el 28 de Abril de 1.939 y el
26 de Agosto de 1.939, de que se Respetaría la Neutralidad e Inviolabilidad
Territorial de Luxemburgo.
Detalles:
Alemania, sin advertencia, y sin recurrir a medios pacíficos para resolver
cualquier diferencia, el, o alrededor del 10 de Mayo de 1.940, con una fuerza
militar y violando las solemnes garantías, invadió, ocupó e incorporó a
Alemania el territorio soberano de Luxemburgo.
XXIV
Cargo:
Violación del Tratado de No Agresión entre Alemania y Dinamarca firmado en
Berlín el 31 de Mayo de 1.939.
Detalles:
Alemania, sin advertencia previa, el, o alrededor del 9 de Abril de 1.940, con
sus fuerzas militares, atacó, invadió y cometió otros actos de agresión
contra el Reino de Dinamarca.
XXV
Cargo:
Violación del Tratado de No Agresión firmado entre Alemania y la URSS el 23
de Agosto de 1.939.
Detalles:
(1)
Alemania,
el, o alrededor del 22 de Junio de 1.941, empleó fuerzas militares para
atacar y cometer actos de agresión contra la URSS.
(2)
Alemania,
sin advertencia o recurso a un intercambio amistoso de puntos de vista o un
arbitraje, el, o alrededor del 22 de Junio de 1.941, empleó fuerzas militares
para atacar y cometer actos de agresión contra la URSS.
XXVI
Cargo:
Violación de las Garantías dadas por Alemania el 6 de Octubre de 1.939, de
que Respetaría la Neutralidad e Integridad Territorial de Yugoslavia.
Detalles:
Alemania, sin advertencia previa, el, o alrededor del 6 de Abril de 1.941, con
sus fuerzas militares, atacó, invadió y cometió otros actos de agresión
contra el Reino de Yugoslavia.
EL
PRESIDENTE: El Tribunal se retirará ahora hasta las 10 en punto de mañana
por la mañana.
(El
Tribunal levantó la sesión hasta el 21 de Noviembre de 1.945 a las 10
horas).
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