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31-07-2011

 

JUICIO POR EL CASO RuSHA


 

Básicamente el conocido como “Juicio RuSHA” consistió en juzgar y condenar a los creadores del Programa de Pureza Racial (RuSHA, Rasse und Siedlungshauptamt) y el Programa “Lebensborn e.V.” (eingetragener Verein o “Asociación Registrada Lebensborn”)

El programa Lebensborn (del alemán “fuente de vida”) se creó de la mano de Heinrich Himmler el 12 de Diciembre de 1935 a fin de aumentar el número de nacimientos en Alemania que, poco a poco, iban decreciendo; el Programa contemplaba ayudas e incentivos para aquellas familias racialmente puras (entiéndase arias) que incrementasen el número de hijos. Las ayudas consistieron principalmente en la creación y diseminación de Maternidades y Orfanatos, ayudas económicas a las esposas de los miembros de la SS, a las madres solteras y un sistema organizado de adopción de recién nacidos.

Esta animosidad del Programa se encaminó más hacia los miembros de la SS, considerados racialmente sanos. De hecho el Programa Lebensborn, que se extendió por prácticamente todos los países invadidos por Alemania, solamente admitía a mujeres con piel blanca, de altura normal o superior y cabello rubio o claro racialmente inspeccionadas. En los países ocupados se aceptó también a mujeres que, reuniendo los cánones anteriores, quedaron embarazadas al tener relaciones con los soldados nazis. Dentro del Programa se aceptó la preparación de adopciones por familias alemanas de niños polacos secuestrados o robados tras asesinar a sus familias.

Ya en 1939 el Programa Lebensborn contaba con más de 8.000 miembros de los cuales, unos 3.500, eran jefes y/o líderes de la SS y ayudó a nacer en Alemania a 8.000 niños y otros tantos en Noruega aunque en el resto de países el número de nacimientos fue considerablemente menor.

En definitiva, el Programa Lebensborn fue un punto más en aumento de la raza aria y su expansión por el mundo; basta recordar que una de las ideas de Adolf Hitler respecto a su invasión a Polonia, era la de aniquilar a los habitantes de este país y asentar en sus territorios a jóvenes parejas arias para la reproducción masiva de hijos racialmente depurados.

Este Programa fue considerado por el Tribunal de Nuremberg como ilegal ya que promovió el secuestro de niños con fines raciales.

Lugares conocidos de las instalaciones “Lebensborn” en el año 1944:

 PAÍS

 CIUDAD

 Alemania / Austria

 Bad Polzin
 Boffer bei Luxemburgo (1)
 Gmunden / Traunsee (1)
 Hohenhorst
 Klosterheide
 Nordrach
 Pernitz / Muggendorf
 Schalkhausen / Ansbach (1)
 Steinhoring
 Wernigerode / Harz
 Wiesbaden

 Bélgica

 Wegimont bei Luttich

 Dinamarca

 Copenhague

 Francia

 Lamorlaye bei Chantilly

 PAÍS

 CIUDAD

 Gobierno General

 Cracovia
 Otwock
 Varsovia

 Países Bajos

 Nimega (proyectado)

 Noruega

 Bergen
 Geilo
 Godthaab (1)
 Hudalsverk
 Klekken
 Os (1)
 Oslo
 Stalheim (1)
 Trondheim

(1): Orfanatos; el resto son Maternidades.

 

El 13 de Septiembre de 1936, Heinrich Himmler mandó una circular dirigida a los miembros de la SS:

La organización Lebensborn e.V. sirve a los líderes SS en la selección y adopción de niños calificados. 

La organización Lebensborn e. V. se encuentra bajo mi dirección personal, es parte de la Agencia Central de Raza y Colonización y tiene las siguientes obligaciones:

Ayuda a familias racial y biológica-hereditariamente valiosas.

El alojamiento de madres racial y biológico-hereditariamente valiosas en casas apropiadas, etc...

Asistencia a los niños de tales familias.

Asistencia a las madres.

Es el deber honorable de todos los líderes de la agencia central convertirse en miembros de la organización “Lebensborn e.V.”. La solicitud de admisión debe ser completada antes del 23 de Septiembre de 1936.

 

LOS DELITOS TIPIFICADOS


 

1.  

Crímenes contra la Humanidad mediante la implantación de “pureza racial” de los programas de secuestro de niños, obligar a las mujeres “no arias” embarazadas a someterse a abortos, el saqueo, la deportación de las poblaciones desde sus tierras nativas en los países ocupados y el reasentamiento de los llamados “alemanes étnicos” (Volksdeutsche) en esas tierras, el envío de personas que habían tenido relaciones sexuales “interraciales” a los campos de concentración y la participación general en la persecución de judíos.

2.  

Crímenes de Guerra por las mismas razones.

3.  

Pertenencia a una organización criminal, la SS.

 

Todos los acusados fueron procesados por los cargos 1 y 2; el acusado Inge Viermetz fue excluido del delito número 3.

Todos los acusados se declararon “no culpables”. 

 

DURACIÓN DEL JUICIO Y SUS SESIONES


 

PRESENTACIÓN DE ACUSACIONES: 7 de Julio de 1947.

COMIENZO: 20 de Octubre de 1947.

TÉRMINO: 10 de Marzo de 1948.

 

COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL


 

El Tribunal se compuso de los siguientes Jueces y Fiscal:

Cargo EN NUREMBERG

Nombre

CARGO EN ESTADOS UNIDOS

Presidente

Lee B. Wyatt

Juez Asociado del Tribunal Supremo de Georgia.

Juez

Daniel T. O'Connell

Juez de la Corte Superior de Massachussets.

Juez

Johnson T. Crawford

Juez del Estado de Oklahoma.

Fiscal

Telford Taylor

 

 

CONSIDERACIONES DEL TRIBUNAL PARA LAS ACUSACIONES


 

Para este Juicio, los Estados Unidos revisaron todos los nacimientos y adopciones efectuados solamente en la parte controlada por este país en Alemania contrastándolos con los escasos documentos requisados al Programa Lebensborn ya que prácticamente todos los archivos fueron destruidos por la SS ante el avance aliado. Se detectaron unos 10.000 nacimientos y/o adopciones pero únicamente en 340 casos los nacimientos y/o adopciones habían sido controlados por el Programa Lebensborn; por este motivo el delito de “secuestro” quedó anulado exculpando de este cargo a los acusados.

Trascripción del Juicio relativo a este apartado:

La acusación no ha logrado probar con el requisito de certeza la participación de Lebensborn y de los acusados en el programa de secuestro conducido por los nazis. Si bien la evidencia ha revelado que miles de niños fueron incuestionablemente raptados por otras agencias u organizaciones y traídos a Alemania, la evidencia ha revelado que sólo un pequeño porcentaje del número total entró por medio del Lebensborn. Y de este número sólo en casos aislados, supuestamente, Lebensborn tomó niños que tuvieran padres vivos. La mayoría de estos niños de alguna manera conectados con Lebensborn habrían sido huérfanos o alemanes étnicos.

De hecho, se habría planteado, a partir de la evidencia que los defensores del mismo Lebensborn habían planteado, que este proyecto habría tratado de evitar llevar a sus hogares a niños que tuvieran lazos familiares. En este sentido, supuestamente, Lebensborn habría realizado investigaciones extensas para establecer la identidad de un niño y si este tenía lazos familiares. Cuando se descubría que el niño tenía uno de los padres vivo, Lebensborn no procedía con una adopción, como en el caso de los huérfanos, sino que simplemente permitía al niño ser ubicado en un hogar alemán después de una investigación de la familia alemana, con el propósito de determinar el buen carácter de la familia y la idoneidad de la familia para cuidar y criar al niño.

Supuestamente, Lebensborn no realizaba ninguna práctica de selección y examinación de niños extranjeros. En todas las instancias, cuando se entregaron niños extranjeros al Lebensborn por otros instituciones, después de una selección y examinación, daban a los niños supuestamente cuidado y nunca los habría maltratado.


En Noruega, la organización Lebensborn manejó aproximadamente, a lo menos, 250 adopciones. En la mayoría de estos casos, las madres habían consentido la adopción, aunque no todas fueron informadas que sus hijos serían enviados a Alemania. El gobierno noruego trajo de regreso a todos esos niños después de la guerra, con la excepción de 80 de ellos. Los registros noruegos de la organización Lebensborn están intactos, la mayoría se encuentra depositado en el Archivo Nacional de Noruega.

 

PRINCIPALES ACUSADOS


 

PETICIONES DE PROCESAMIENTO: 14

Fritz Schwalm (11-05-1910 / 1970)

Puesto: Jefe del Estado Mayor de RuSHA y Jefe de la Oficina de Inmigración en Lodz (Polonia)

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 10 años de prisión. En libertad en 1951.

 

Gregor Ebner (24-06-1892 / 22-03-1974)

Puesto: Jefe del Departamento de Salud de Lebensborn.

Acusación número 1: No culpable.

Acusación número 2: No culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: El tiempo ya cumplido en prisión, desde el 5 de Julio de 1945.

 

Gunther Tesch (21-10-1907 / Fecha de fallecimiento desconocida)

Puesto: Jefe del Departamento Legal de Lebensborn.

Acusación número 1: No culpable.

Acusación número 2: No culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: El tiempo ya cumplido en prisión, desde el 13 de Mayo de 1945.

 

Heinz Bruckner (08-03-1900 / Fecha de fallecimiento desconocida)

Puesto: Oficina de Enlace para los Alemanes Étnicos asentados fuera de Alemania (Volksdeutsche Mittelstelle, VoMi)

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 15 años de prisión. En libertad en 1951.

 

Herbert Hubner (07-08-1902 / Fecha de fallecimiento desconocida)

Puesto: Jefe de la Oficina de la RKFDV (Reichskommissar fur die Festigung deutschen Volkstums) en Poznan y representante de RuSHA en el oeste de Polonia.

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 15 años de prisión. En libertad en 1951.

 

Inge ViermEtz

Puesto: Adjunto de Max Sollmann.

Acusación número 1: No culpable.

Acusación número 2: No culpable.

Acusación número 3: No procesada.

Sentencia: Absuelta.

 

Konrad Meyer-Hetling (15-05-1901 / 25-04-1973)

Puesto: Líder de la sede de la RKFDV (Reichskommissar fur die Festigung deutschen Volkstums)

Acusación número 1: No culpable.

Acusación número 2: No culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: El tiempo ya cumplido en prisión, desde el 27 de Mayo de 1945.

 

Max Sollmann (06-06-1904 / Fecha de fallecimiento desconocida)

Puesto: Jefe de la Sociedad Lebensborn.

Acusación número 1: No culpable.

Acusación número 2: No culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: El tiempo ya cumplido en prisión, desde el 6 de Julio de 1945.

 

Otto Hofmann (16-03-1896 / 31-12-1982)

Puesto: Jefe de RuSHA hasta el 20 de Abril de1943; más tarde Jefe de la SS en el suroeste de Alemania.

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 25 años de prisión. En libertad en 1954.

 

Otto Schwarzenberger (22-01-1900 / Fecha de fallecimiento desconocida)

Puesto: Destinado en la sede de la RKFDV (Reichskommissar fur die Festigung deutschen Volkstums)

Acusación número 1: No culpable.

Acusación número 2: No culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: El tiempo ya cumplido en prisión, desde el 2 de Mayo de 1945.

 

Richard Hildenbrandt (13-05-1897 / 10-03-1952)

Puesto: Jefe de RuSHA como sucesor de Otto Hofmann.

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 25 años de prisión.

 

Rudolf Creutz (06-04-1896 / 08-07-1980)

Puesto: Adjunto de Ulrich Greifelt.

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 15 años de prisión. En libertad en 1955.

 

Ulrich Greifelt (08-12-1896 / 06-02-1949)

Puesto: Jefe del Estado Mayor de la RKFDV (Reichskommissar fur die Festigung deutschen Volkstums)

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: Cadena perpetua. Falleció en la prisión de Landsberg (Alemania) el 6 de Febrero de 1949.

 

Werner Lorenz (02-10-1891 / 13-03-1974)

Puesto: Jefe de la Oficina de Enlace para los Alemanes Étnicos asentados fuera de Alemania (Volksdeutsche Mittelstelle, VoMi)

Acusación número 1: Culpable.

Acusación número 2: Culpable.

Acusación número 3: Culpable.

Sentencia: 20 años de prisión. En libertad en 1955.

 

Los acusados Gregor Ebner, Gunther Tesch, Inge Viermitz y Max Sollmann no fueron declarados culpables de los cargos 1 y 2 al considerar el Tribunal que el Programa Lebensborn no fue responsable del secuestro de niños y que este hecho fue realizado por personas ajenas al Programa.

Richard Greifelt fue entregado a las autoridades polacas por la comisión de Crímenes de Guerra en este país; declarado culpable y sentenciado a la pena capital se le ahorcó en Varsovia el 10 de Marzo de 1952.

A Fritz Schwalm, Heinz Bruckner y Herbert Hubner se les concedió la libertad el 1 de Febrero de 1951.

En 1951 las condenas de Otto Hofmann y Werner Lorenz se redujeron a 15 años de prisión y la de Rudolf Creutz a 10 años. Otto Hofmann salió en libertad en 1954 y hasta su fallecimiento trabajó como cajero de una entidad bancaria alemana.

 

RESUMEN DEL PROCESO


 

El Tribunal encontró documentos sobre el secuestro niños con los siguientes datos:

Se estima en 250.000 los niños secuestrados en toda Europa de los que sólo unos 25.000 fueron devueltos a sus familias biológicas.

Se estima entre 50.000 y 200.000 los niños secuestrados en Polonia. Los considerados no aptos para ser adoptados fueron enviados a campos de concentración infantiles como Dzierzazna, Kalish o Litzmannstad y de ahí a los campos de exterminio.

Falsificación de documentos sobre el origen de los niños en la que, en su mayor parte, se les cambiaba el historial para aparentar, por ejemplo, ser hijos de soldados alemanes caídos en combate.

 

GALERÍA FOTOGRÁFICA


 

 

IMÁGENES RELACIONADAS


 

Los 7 acusados por el Caso RuSHA. Declaraciones de apertura del juicio contra los 7 acusados por el caso RuSHA, más conocido por la "Solución de la raza". En la primera fila y de izquierda a derecha se encuentran los acusados Ulrich Greifelt (antiguo Teniente General de la SS), el Teniente General de la Policía y Jefe de la Oficina de Personal principal para el fortalecimiento del germanismo (RKFDV), Rudolf Creutz (antiguo Coronel de la SS) y el Adjunto Konrad Meyer-Hetling (ex-coronel de la SS). Fila trasera y de izquierda a derecha:  Gregor Ebner (ex-coronel de la SS y jefe de la Comisión Jurídica Principal del Departamento de Lebensborn) y Inge Viermetz (ex-Jefe Adjunto del Departamento Principal de Lebensborn). Estos son acusados por la fiscalía de haber exterminado deliberadamente a miles de personas en los países ocupados y que no cumplían las normas de Hitler de germanización.

Uno de los niños raptados por los alemanes después que destrozaron el pueblo checoslovaco de Lidice presta juramento como testigo en el Caso RuSHA.

 

LIBROS RELACIONADOS


 

 

LOS 13 JUICIOS DE NUREMBERG:  

LOS JUICIOS DE NUREMBERG A TRAVÉS DE LA FOTOGRAFÍA:

INTERROGATORIO SECRETO EFECTUADO A HERMANN GOERING:

DOCUMENTOS DE PROCESAMIENTO A ALFRIED KRUPP, 
KARL BRANDT, OSWALD POHL Y OTTO OHLENDORF:

COMPENDIO DE LEGISLACIÓN SOBRE DERECHOS HUMANOS:

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS:

LA REPUBLICANA:

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (Vol. 1/2):

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (Vol. 2/2):

 

 


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