Historia Virtual del Holocausto No Link Lines!

Página principal Blog Inicio Juicios Galería fotográfica DailyMotion Sostenimiento web

Buscador interno








Versión sencilla.


Versión color.










Contador desde el 31-07-2011


   JUICIO CONTRA LOS DOCTORES





   DURACIÓN DEL JUICIO Y SUS SESIONES




LECTURA DE LAS ACUSACIONES: 25 de Octubre de 1946.

COMIENZO: 9 de Diciembre de 1946.

TÉRMINO: 20 de Agosto de 1947.

 


   COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL




El Tribunal se compuso de los siguientes Jueces titulares y sus correspondientes suplentes:

Cargo EN NUREMBERG

Nombre

CARGO EN ESTADOS UNIDOS

Presidente

Walter B. Beals

Juez de Washington.

Juez

Harold L. Sebring

Juez de Florida.

Juez

Johnson T. Crawford

Juez de Oklahoma.

Juez adjunto

Victor C. Swearingen

Ex-Asistente del Fiscal General.

 

Los Fiscales para formulación de las acusaciones y aportaciones de pruebas condenatorias fueron:

Cargo EN NUREMBERG

Nombre

Fiscal Jefe

Telford Taylor

Fiscal

James M. McHaney

 


   CARGOS PARA LA ACUSACIÓN




Los delitos imputables a los 23 acusados se resumieron en 4 que contemplaban todos los delitos cometidos mediante la experimentación médica con fines injustificados y utilizando a civiles, prisioneros de guerra y reclusos de los campos de concentración y exterminio sin el consentimiento de los mismos; estos experimentos derivaron en torturas, muerte y sufrimiento de sus víctimas así como el planeamiento y ejecución de directrices para la aniquilación de ancianos, niños, enfermos de hospitales e instituciones mentales y grupos étnicos.

La defensa pidió para todos la declaración de “no culpables”.

Los cuatro delitos para las acusaciones fueron:

1.  

Acusación número 1: Conspiración para cometer Crímenes de Guerra y Crímenes contra la Humanidad según lo descrito en los apartados 2 y 3.

2.  

Acusación número 2: Crímenes de Guerra: ejecución de experimentos médicos en prisioneros de guerra y civiles de países ocupados, así como participación en los asesinatos en masa de internos de los campos de concentración.

3.  

Acusación número 3: Crímenes contra la Humanidad: crímenes descritos en el apartado 2 y los cometidos contra la población civil alemana.

4.  

Acusación número 4: Pertenecer a una organización criminal; la SS que habían sido declarada previamente por el I.M.T. (Tribunal Militar Internacional) como una organización criminal.

 


   PROCESADOS Y TESTIGOS




PROCESADOS: 23 (22 hombres y 1 mujer)

TESTIGOS PRESENTES:

- 85 testigos de palabra.

- 1.471 testigos por heridas recibidas durante los experimentos.

 


   COMENTARIOS DURANTE EL JUICIO




DISCURSO DEL FISCAL BRITÁNICO HARTLEY SHAWCROSS DURANTE LA APERTURA
DEL JUICIO CONTRA LOS DOCTORES (EXPERIMENTOS MÉDICOS Y EUTANASIA)

El gran peso de la evidencia que tenemos ante nosotros es en el sentido de que ciertos tipos de experimentos médicos en seres humanos, cuando se mantienen dentro razonablemente bien definidos los límites, se ajustan a la ética de la profesión médica en general. Los protagonistas de la práctica de la experimentación con seres humanos justifican sus puntos de vista sobre la base de que estos experimentos producen resultados para el bien de la sociedad que no obtenibles por otros métodos o medios de estudio. Todos están de acuerdo, sin embargo, que ciertos principios básicos deben ser observados a fin de satisfacer morales, los conceptos éticos y jurídicos:

1. El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial.

Esto significa que la persona implicada debe tener capacidad legal para dar su consentimiento, debe ser situado de tal manera como para poder ejercer su libertad de elección, sin la intervención de ningún elemento de fuerza, fraude, engaño, presión, más alcance, o de otro tipo forma ulterior de coacción o coerción, y debe tener suficiente conocimiento y comprensión de los elementos de la materia que participan como para que pueda hacer una comprensión y la decisión correcta. Este último elemento requiere que antes de aceptar una decisión afirmativa por parte del sujeto de experimentación no debe ponerse en conocimiento de él la naturaleza, duración y propósito del experimento, el método y los medios por los que se llevará a cabo, todos los inconvenientes y riesgos que razonablemente cabe esperar, y los efectos sobre su salud o persona que pueden posiblemente derivarse de su participación en el experimento.

El deber y la responsabilidad para determinar la calidad del consentimiento recae sobre todo individuo que inicia, dirige o participa en el experimento. Es un deber personal y una responsabilidad que no pueden delegarse a otro impunemente.

2. El experimento debe ser tal que produzca resultados provechosos para el bien de la sociedad, no por otros métodos o medios de estudio, y no aleatoria o innecesaria en la naturaleza.

3. El experimento debe ser diseñado y basado en los resultados de la experimentación animal y el conocimiento de la historia natural de la enfermedad u otro problema en estudio que los resultados esperados justifiquen la realización del experimento.

4. El experimento debe ser de tal forma que se evite todo sufrimiento físico y mental innecesario y lesiones.

5. Ningún experimento debe llevarse a cabo cuando exista una razón a priori para creer que la muerte o lesiones incapacitantes se produzcan, a excepción, quizás, en aquellos experimentos en que los médicos experimentales sirven también como sujetos.

6. El grado de riesgo que deben tomarse nunca deberá exceder el determinado por la importancia humanitaria del problema a ser resuelto por el experimento.

7. La preparación apropiada debe hacerse y las instalaciones adecuadas, a proteger al sujeto experimental contra, incluso remotas, de lesión, incapacidad o muerte.

8. El experimento debe ser realizado sólo por personas científicamente calificadas. El más alto grado de pericia y cuidado debe ser requerida a través de todas las etapas de la experiencia de aquellos que realizan o están implicados en el experimento.

9. En el curso del experimento, el sujeto humano debe tener la libertad para llevar la experiencia a su fin si se ha alcanzado el estado físico o mental en la continuación del experimento le parece imposible.

10. En el curso del experimento, el científico responsable debe estar preparado para finalizar el experimento en cualquier momento, si tiene causa probable para creer, en el ejercicio de la buena fe, capacidad y ecuanimidad que se le exigen que una continuación de la experimento es probable que resulte en lesiones, discapacidad, o la muerte del sujeto experimental.

De los diez principios que han sido enumerados nuestra preocupación judicial, por supuesto, con los requisitos que son meramente de carácter jurídico - o que, al menos, son tan claramente relacionados con los asuntos legales que nos ayuden en la determinación de la culpabilidad y el castigo. Para ir más allá de ese punto nos llevaría a un campo que estaría más allá de nuestro ámbito de competencia. 

Sin embargo, el punto no necesita ser trabajado. Encontramos la evidencia de que en los experimentos médicos que se ha demostrado, estos diez principios son mucho más frecuentes de honor en su violación que en su observancia. Muchos de los presos del campo de concentración que fueron víctimas de estas atrocidades eran ciudadanos de países distintos el Reich alemán. 

Ellos no eran ciudadanos alemanes, incluidos los judíos y “personas asociales”, a los prisioneros de guerra y civiles, que habían sido encarcelados y obligados a someterse a esas torturas y barbaridades sin siquiera una apariencia de juicio. En todos los casos individuales que aparecen en el registro, los sujetos fueron utilizados, que no dio su consentimiento para los experimentos y, de hecho, como a algunos de los experimentos, no es ni siquiera alegado por los demandados de que los temas ocuparon la posición de los voluntarios. En ningún caso fue objeto de experimentación a la libertad de su propia y libre elección de retirarse de cualquier experimento. En muchos casos los experimentos fueron realizados por personas no calificadas, se llevaron a cabo al azar, sin ninguna razón científica adecuada, y bajo repugnante condiciones físicas. Todos los experimentos se llevaron a cabo con sufrimientos innecesarios y daños, pero muy poco y, en su caso, las precauciones se tomaron para proteger o salvaguardar los sujetos humanos de las posibilidades de lesiones, invalidez o muerte. En cada uno de los experimentos, los sujetos experimentaron dolor extremo o tortura, y en la mayoría de ellos han sufrido una lesión permanente, la mutilación o la muerte, ya sea como resultado directo de los experimentos, o por falta de adecuada atención de seguimiento.

Obviamente, todos estos experimentos de brutalidades, torturas, lesiones discapacitantes y la muerte se realizaron en total desprecio de las convenciones internacionales, las leyes y costumbres de la guerra, los principios generales del derecho penal, derivados de las leyes penales de todas las naciones civilizadas, y Control Ley 10 del Consejo. Manifiestamente experimentos con seres humanos en esas condiciones son contrarias a “los principios del derecho de gentes tal como resultan de los usos establecidos entre naciones civilizadas, de las leyes de la humanidad, y de los dictados de la conciencia pública”.

Si alguno de los acusados en el banquillo son culpables de estas atrocidades es, por supuesto, otra pregunta.

Bajo el sistema anglosajón de la jurisprudencia de todos los acusados en una causa penal se presume que es inocente de un delito presentado hasta el enjuiciamiento, la prueba competente, creíble, ha demostrado su culpabilidad, con exclusión de toda duda razonable. Y esta presunción se atiene con la demandada, a través de cada etapa de su proceso hasta tal grado de la prueba se ha aportado. Una “duda razonable”, como su nombre indica es un conformes a la razón - una duda que un hombre razonable se entretienen. 

Dicho de otra manera, es ese estado de un caso que, después de una comparación total y completa y el examen de todas las pruebas, dejaría un imparcial, sin prejuicios, una persona reflexiva, con la responsabilidad de la decisión, en el estado de la mente que podía no decir que sentía una absoluta convicción de que asciende a una certeza moral de la verdad de la acusación.

Si alguno de los acusados se encuentran culpable en virtud de dos o tres cargos de la acusación debe ser porque la evidencia ha demostrado más allá de una duda razonable que el acusado tal, independientemente de la nacionalidad o la condición en que actuó, participó como actor principal en, accesorio, ordenado, incitado, tomó parte en el consentimiento, o estaba relacionado con los planes o las empresas que implique la comisión de al menos algunos de los experimentos médicos y de otras atrocidades que constituyen el objeto de estos aspectos. Bajo ninguna otra circunstancia puede ser declarado culpable.

Antes de examinar las pruebas a las que debemos mirar a fin de determinar la culpabilidad individual, una breve exposición sobre algunos de los organismos oficiales del Gobierno alemán y del partido nazi que se hace referencia en esta sentencia, parece conveniente.

 


   PRINCIPALES ACUSADOS




Adolf Pokorny

Función o puesto: Médico especialista en piel y enfermedades venéreas.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Absuelto.

 

Fritz Fischer

Función o puesto: Mayor de la Waffen-SS y médico auxiliar en el hospital en Hohenlychen (Alemania)

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Cadena perpetua y conmutada a 15 años de prisión.

 

Gerhard Rose

Función o puesto: General de la Luftwaffe, vicepresidente y jefe del Departamento para la Medicina Tropical, profesor del Instituto de Robert Koch y consejero higiénico para la Medicina Tropical de la jefatura del Servicio Médico de la Luftwaffe.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Cadena perpetua y conmutada a 20 años de prisión.

 

Hans Wolfgang Romberg

Función o puesto: Médico del Departamento para la Medicina de Aviación en el Instituto Experimental Alemán para la Aviación.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Absuelto.

 

Helmut Poppendick

Función o puesto: Teniente Coronel de la SS, jefe del personal médico de la SS y policía.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: 10 años de prisión y conmutada por libertad.

 

Hermann Becker-Freising

Función o puesto: Jefe del Departamento para la Medicina de Aviación del Servicio Médico de la Luftwaffe.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: 20 años de prisión.

 

Herta Oberheuser

Función o puesto: Médico en el campo de concentración de Ravensbruck (Alemania) y médico auxiliar en el hospital en Hohenlychen (Alemania)

Acusación número 1: Procesada y encontrada no culpable.

Acusación número 2: Procesada y encontrada culpable.

Acusación número 3: Procesada y encontrada culpable.

Acusación número 4: No procesada.

Sentencia: 20 años de prisión y conmutada a 10 años.

 

Joachim Mrugowsky

Función o puesto: Teniente Coronel de la Waffen-SS, principal higienista médico del Reich, policía y jefe del Instituto de Higiene de la Waffen-SS.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Muerte y ahorcado el 2 de Junio de 1948 en la prisión de Landsberg (Alemania)

 

Karl Brandt

Función o puesto: Médico personal de Adolf Hitler, General de División en la SS, comisionado del Reich para la Salud y Saneamiento y miembro del Consejo de Investigación del Reich.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Muerte y ahorcado el 2 de Junio de 1948 en la prisión de Landsberg (Alemania)

 

Karl Gebhardt

Función o puesto: Médico personal de Heinrich Himmler, cirujano principal del personal médico de la SS, policía y presidente de la Cruz Roja Alemana.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Muerte y ahorcado el 2 de Junio de 1948 en la prisión de Landsberg (Alemania)

 

Konrad Schaefer

Función o puesto: Doctor del Instituto para la Medicina de Aviación en Berlín (Alemania)

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Absuelto.

 

Kurt Blome

Función o puesto: Diputado de la Salud del Reich y delegado plenipotenciario para la investigación del cáncer en el Consejo de Investigación del Reich.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Absuelto.

 

Paul Rostock

Función o puesto: Consejero quirúrgico del ejército y jefe de la Oficina para la Ciencia y la Investigación Médicas por debajo de Karl Brandt.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Absuelto.

 

Rudolf Brandt

Función o puesto: Coronel de la SS, oficial administrativo personal de Heinrich Himmler y consejero y jefe de la Oficina Ministerial en el Ministerio del Interior del Reich.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Muerte y ahorcado el 2 de Junio de 1948 en la prisión de Landsberg (Alemania)

 

Siegfried Handloser

Función o puesto: Inspector médico del ejército y jefe de los Servicios Médicos de las Fuerzas Armadas.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Cadena perpetua y conmutada a 20 años de prisión.

 

Siegfried Ruff

Función o puesto: Director del Departamento para la Medicina de Aviación en el Instituto Experimental Alemán para la Aviación.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: Absuelto.

 

Victor Brack 

Función o puesto: Teniente Coronel en la SS, Mayor en la Waffen-SS y principal oficial administrativo en la Cancillería del Führer del NSDAP.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Muerte y ahorcado el 2 de Junio de 1948 en la prisión de Landsberg (Alemania)

 

Waldemar Hoven

Función o puesto: Capitán de la Waffen-SS y médico jefe del campo de concentración de Buchenwald (Alemania)

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: Procesado y encontrado culpable.

Sentencia: Muerte y ahorcado el 2 de Junio de 1948 en la prisión de Landsberg (Alemania)

 

Wilhelm Beiglbock

Función o puesto: Médico de consulta de la Luftwaffe.

Acusación número 1: Procesado y encontrado no culpable.

Acusación número 2: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 3: Procesado y encontrado culpable.

Acusación número 4: No procesado.

Sentencia: 15 años de prisión y conmutada a 10 años.

 


   El programa de eutanasia T-4 de Hitler   




 


   Ejecución de algunos médicos nazis (película original




 


   GALERÍA FOTOGRÁFICA




 


   IMÁGENES RELACIONADAS




Acusada Herta Oberheuser, Agosto de 1947.

Acusado Gerhard Rose, 18 de Abril de 1947.

 

 

Juicio contra los Doctores (Fotografía: 9 de Diciembre de 1946). Los médicos nazis acusados. Fila delantera de izquierda a derecha: Karl Brandt, Siegfried Handloser, Paul Rostock, Oskar Schroeder, Karl Genzken, Karl Gebhardt, Kurt Blome, Joachim Mrugowsky, Rudolf Brandt, Helmut Poppendick, Wolfram Sievers; fila trasera de izquierda a derecha: Gerhard Rose, Siegfried Ruff, Viktor Brack, Hans Wolfgang Romberg, Hermann Becker-Freysing, Georg August Weltz, Konrad Schaefer, Waldemar Hoven, Wilhelm Beiglboeck, Adolf Pokorny, Herta Oberhauser y Fritz Fischer.

Acusado Karl Brandt durante el juicio contra los Ddoctores, del 9 de Diciembre de 1946 al 20 de Agosto de 1947. (Fotografía: 20 de Agosto de 1947). El Tribunal de Crímenes de Guerra de EE.UU. condena a morir en la horca al médico personal de Adolf Hitler, Karl Brandt, de 43 años. Brandt fue acusado por la Fiscalía de EE.UU. junto a otros 22 médicos nazis y oficiales de las SS por Crímenes de Guerra. El Tribunal lo declaró culpable de todos los cargos con la acusación de conspiración en las guerras de agresión, Crímenes de Guerra, Crímenes contra la Humanidad y la pertenencia a la organización criminal SS. Entre los actos criminales destacados  fueron su participación y su consentimiento en la utilización de prisioneros de los campos de concentración como conejillos de indias en horribles experimentos médicos, supuestamente en beneficio de las fuerzas armadas. El 2 de Junio de 1948, fue ahorcado en la prisión de Landsberg (Alemania); segundos antes de su ejecución comenzó un discurso que quedó apagado cuando se le puso el capuchón negro. Brandt gritó con arrogancia: "No es una vergüenza para mi estar en el patíbulo, he servido a mi país como lo han hecho otros antes que yo".

 

 

Acusado Gerhard Rose junto a James M. McHaney, 16 de Junio de 1947.

La ex-prisionera Jadwiga Dzido declara como testigo por haber sufrido experimentos médicos.

 

 

La ex-prisionera Jadwiga Dzido: El Dr. Leo Alexander, psiquiatra y neurólogo de Boston, es llamado al Estrado de los Testigos, junto con la testigo y ex-prisionera Jadwiga Dzido, natural de Varsovia (Polonia), para dar una opinión experta ante el Tribunal Militar de las lesiones neurológicas y de otra índole que sufrió cuando fue operada para los experimentos médicos de los acusados Fritz Fischer, Herta Oberheuser y Karl Gebhardt.

Vladislava Karolewska, víctima de los experimentos, declarando en Nuremberg el 22 de Diciembre de 1946.

 

 

En este documento remitido por el doctor Víctor Brack al Reichführer Himmler el 23 de Junio de 1942 y traducido por los Servicios Secretos Americanos, le explica que ha dispuesto el personal necesario para llevar a cabo la misión secreta de esterilizar a los 2 ó 3 millones de judíos seleccionados para el trabajo esclavizado. Las explicaciones son sencillas y concretas ya que se admite que existe una población aproximada de unos 10 millones de judíos en Europa y solamente deben reservarse de 2 a 3 millones; el resto quedan condenados irremisiblemente a la muerte.  Así mismo se añade en la página 2 del documento que aquellos judíos seleccionados para el trabajo deberán ser castrados mediante Rayos-X para evitar la propagación de la raza ya que este método es más barato y se realiza en menos tiempo.

 


   LIBROS RELACIONADOS




LOS 13 JUICIOS DE NUREMBERG:

NUREMBERG: JUICIO CONTRA LA JERARQUÍA NAZI:

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS (SENCILLO):

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS (COLOR):

ADOLF HITLER, EL MUNDO EN LLAMAS + MI LUCHA:

MI LUCHA (MEIN KAMPF):         

EL MITO DEL SIGLO XX:    

EL JUDÍO INTERNACIONAL:  

¡HITLER HABLA!:

30 DISCURSOS DE ADOLF HITLER:

CRONOLOGÍA DEL NAZISMO:

EL PROCESO DE DESNAZIFICACIÓN DE ALEMANIA:

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (SENCILLO):

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (Vol. 1/2):

HISTORIA GENERAL DEL HOLOCAUSTO (Vol. 2/2):

 



Resolución óptima recomendada para visualizar perfectamente esta web en Google Chrome y Mozilla Firefox: 1024 X 768

Normativa     Sobre el autor     Sobre la web     Enlaces recomendados     Mapa web     Librería     Contacto     ® 00/2007/1322